https://drive.google.com/file/d/0B5d-IdV6OXrXbk1SbXRodkIzOHM/view
Un saludo y buen día!
Llevas razón!! Muchas gracias!!eddygalamba69 escribió:Muchas gracias compañero, que todo el mundo entra y lo ve pero nadie se digna a dar las gracias..
Gracias por el aporte compañero. Tengo una duda a ver si alguien me la resuelve, ya que he oido opiniones dispares. En mi futuro destino seré Policía Aerea y mi turno es 24 horas de trabajo y se libra 4-5 dias, mi pregunta es si con este horario y turno de trabajos se tiene derecho a tener vacaciones, es decir, si por ley te dan unos dias de vacaciones al igual que a un militar que tiene una jornada normal. Gracias y un saludo.Altair escribió:Aquí os dejo un pdf con el resumen de vacaciones, permisos y licencias de los militares.
https://drive.google.com/file/d/0B5d-IdV6OXrXbk1SbXRodkIzOHM/view
Un saludo y buen día!
La teoría es que te pertenecerían los días de vacaciones según el tiempo trabajado, pero la práctica es que te dan todos los días de vacaciones, muy malo tiene que ser el mando como para hacer la puñeta.juaalopen escribió:Muy buenas, tengo una duda que me gustaría aclarar; si el mes de entrada a destino es cercano a los días de vacaciones, ¿tienes derecho a ellas o sería hasta el año siguiente? Hace tiempo leí en otro sitio que sí, pero no me queda muy claro. ¡Gracias de antemano! Saludos.
Depende de la flexibilidad que te permita tu unidad. En principio no habría problema.Walky escribió:las vacaciones solo pueden ser en agosto o puedes elegir entre julio o agosto?
Gracias por la respuesta compañero,esperemos que sean flexibles en ese tema jejeAltair escribió: Depende de la flexibilidad que te permita tu unidad. En principio no habría problema.
Normalmente tienen que intentar que sea 50/50, ya depende del destino y los jefes.
He tenido compañeros que solo se cogían 2 semanas en agosto y reservaban el resto para Semana Santa y Navidad.
Si todos, menos los que te toque cuartelero o alguna maniobra/pateada/ejercicio.lundy escribió:en infantería ligera se descansaría todos los sabados y domingos?
Sí, los permisos para exámenes oficiales computan aparte y no hay máximos.PeterAN escribió:Tengo una duda, mientras estás en tu unidad tienes permiso de salir a hacer un examen de universidad?
Un saludo
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Jolin pues qué bien, gracias.Zapchi escribió: Sí, los permisos para exámenes oficiales computan aparte y no hay máximos.
Sí. Da igual donde sea la sede del examen, mientras sea oficial tienes derecho a ir.PeterAN escribió:Jolin pues qué bien, gracias.
Y por ejemplo, daría igual que el examen sea en la otra punta de la península? Por decir algo: tengo la base de la unidad en Zaragoza y el examen es en Málaga, se podría también?
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buenas, depende de los motivos. Si son oposiciones, exámenes oficiales o cosas así, te dan permiso siempre. Pero hay veces que si es por problemas familiares o algo así, yo he visto de dar permiso de varios días, pero yasta, no se puede alargar más. Si quieres estar más tiempo tienes que abandonar. Y por caso de lesión, los lesionados que he visto en mi ciclo, le reservaron plaza para otro ciclo. Se dieron de baja por problemas graves en la rodilla, y reservaron plaza.jagerspartano escribió:Muchas gracias por el aporte compañero!!! Yo tengo una duda, en el cefot cuantos días puedes faltar por motivos justificados?? Es decir sin sobrepasar el tercio de horas lectivas para aprobar el curso (sabados y domingos son libres no?)