Buenos días compañeros.
Me gustaría saber si el complemento de vestuario habría que cobrarlo todos los meses, porque tengo entendido que si y esto pone en el art. 4 del Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas:
"La ayuda para vestuario se percibirá en una cuantía mensual de 24,54 euros, cuando el interesado se encuentre en las situaciones de servicio activo y en reserva siempre que perciba retribuciones de servicio activo, excepto si procede de reserva transitoria."
Gracias.
Me gustaría saber si el complemento de vestuario habría que cobrarlo todos los meses, porque tengo entendido que si y esto pone en el art. 4 del Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas:
"La ayuda para vestuario se percibirá en una cuantía mensual de 24,54 euros, cuando el interesado se encuentre en las situaciones de servicio activo y en reserva siempre que perciba retribuciones de servicio activo, excepto si procede de reserva transitoria."
Gracias.