Exclusión médica, cuerpo juridico
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Exclusión médica, cuerpo juridico
Hola, tengo asma bronquial, en unos años (tengo 15 aún) quiero ingresar en el cuerpi jurídico, y me gustaría saber si el asma es un impedimento, ya sé que es una exclusión médica, pero me gustaria saberlo de antemano ya que el cuerpo jurídico, no es lo mismo que el ejércitode tierra, gracias y un saludo
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Re: Exclusión médica, cuerpo juridico
Holaa
Veras, no estoy muy puesto en el tema, pero como tu mismo has comentado, si le echas un vistazo al cuadro medico de exclusiones, podras ver en la seccion de APARATO RESPIRATORIO, que el asma bronquial si es una causa de exclusion medica.
Es cierto que no son tan meticulosos en el reconocimiento medico del cuerpo juridico militar en comparacion a otros cuerpos a los que se le exigen perfectas condiciones de salud, pero es una causa de exclusion y si te lo detectan NO te dejaran entrar.
En cualquier caso lo mejor que puedes hacer es informarte en tu delegacion porque cada reconocimiento medico es un mundo. Se puede dar el caso de que te toque un medico que te lo mire TODO y sea muy estricto (conozco casos), o que te toque uno que te revise poco y alomejor no se da cuenta (tambien conozco casos). Aunque sinceramente, el asma es algo facilmente detectable y la respiracion es de lo primero que te miran en la mayoria de reconocimientos. Supongo que tambien depende del grado de asma que tengas, si es un asma muy ligero que casi no se note o no te impida hacer nada, o si es un asma que te impide hacer muchas cosas..etc
Lo mejor que puedes hacer es informarte en la delegacion de tu provincia y alli te informaran mucho mejor y te diran que se suele hacer en los reconocimientos medicos de los cuerpos comunes.
Un saludo, espero haberte ayudado
Veras, no estoy muy puesto en el tema, pero como tu mismo has comentado, si le echas un vistazo al cuadro medico de exclusiones, podras ver en la seccion de APARATO RESPIRATORIO, que el asma bronquial si es una causa de exclusion medica.
Es cierto que no son tan meticulosos en el reconocimiento medico del cuerpo juridico militar en comparacion a otros cuerpos a los que se le exigen perfectas condiciones de salud, pero es una causa de exclusion y si te lo detectan NO te dejaran entrar.
En cualquier caso lo mejor que puedes hacer es informarte en tu delegacion porque cada reconocimiento medico es un mundo. Se puede dar el caso de que te toque un medico que te lo mire TODO y sea muy estricto (conozco casos), o que te toque uno que te revise poco y alomejor no se da cuenta (tambien conozco casos). Aunque sinceramente, el asma es algo facilmente detectable y la respiracion es de lo primero que te miran en la mayoria de reconocimientos. Supongo que tambien depende del grado de asma que tengas, si es un asma muy ligero que casi no se note o no te impida hacer nada, o si es un asma que te impide hacer muchas cosas..etc
Lo mejor que puedes hacer es informarte en la delegacion de tu provincia y alli te informaran mucho mejor y te diran que se suele hacer en los reconocimientos medicos de los cuerpos comunes.
Un saludo, espero haberte ayudado
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Re: Exclusión médica, cuerpo juridico
El reconocimiento médico para cuerpos comunes es igual de exhaustivo que para el resto, no se de donde sacas eso.
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Re: Exclusión médica, cuerpo juridico
Me baso en testimonios de conocidos, que dicen que depende mucho del medico que toque, y que muchas veces no son tan exigentes en militares que van a estar en una oficina el 95% del tiempo en comparacion con pilotos, fuerzas especiales etx.
Pero sobretodo en esto
1. Para la aplicación de cualquier apartado del cuadro médico de exclusiones se tendrá en
cuenta el Cuerpo y la duración del compromiso al que se opta, considerando las siguientes
situaciones como motivos de exclusión:
a) Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos prefijados,
teniendo en cuenta lo dispuesto en el «Artículo 7, Protección a la maternidad», del Real
Decreto 1735/2000, de 20 de octubre.
b) Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de formación
adecuadamente.
c) Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica
permanente.
2. Para la determinación de las condiciones psicofísicas del cuadro médico de exclusiones se
aplicará el cuestionario de salud correspondiente y se realizarán las exploraciones necesarias,
entre las que se incluyen analíticas de orina con detección de tóxicos y analítica de sangre.
3. En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» en aplicación de alguno de los
apartados de exclusión, la evaluación correspondiente abarcará aquellos del cuadro médico
de exclusiones que el órgano médico pericial considere relevante, no estando limitado por las
evaluaciones previas.
Extraido del cuadro medico de exclusiones.
Un saludo
Pero sobretodo en esto
1. Para la aplicación de cualquier apartado del cuadro médico de exclusiones se tendrá en
cuenta el Cuerpo y la duración del compromiso al que se opta, considerando las siguientes
situaciones como motivos de exclusión:
a) Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos prefijados,
teniendo en cuenta lo dispuesto en el «Artículo 7, Protección a la maternidad», del Real
Decreto 1735/2000, de 20 de octubre.
b) Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de formación
adecuadamente.
c) Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica
permanente.
2. Para la determinación de las condiciones psicofísicas del cuadro médico de exclusiones se
aplicará el cuestionario de salud correspondiente y se realizarán las exploraciones necesarias,
entre las que se incluyen analíticas de orina con detección de tóxicos y analítica de sangre.
3. En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» en aplicación de alguno de los
apartados de exclusión, la evaluación correspondiente abarcará aquellos del cuadro médico
de exclusiones que el órgano médico pericial considere relevante, no estando limitado por las
evaluaciones previas.
Extraido del cuadro medico de exclusiones.
Un saludo
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Re: Exclusión médica, cuerpo juridico
Yo me baso básicamente en que el año pasado los de cuerpos comunes (cuerpo militar de intervención creo que eran) y los demás (los que nos presentabamos al cuerpo de Intendencia) hicimos el reconocimiento médico en el Gómez Hulla el mismo día y pasamos lo mismo
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Re: Exclusión médica, cuerpo juridico
Sin duda, y eso es lo que he comentado antes. El cuerpo juridico, al igual que el de intendencia e intervencion son cuerpos mayormente administrativos. Por tanto cabe esperar que no habra mucha diferencia entre los reconocimientos de uno y otro, y lo que yo he comentado esque por lo general, basandome en el cuadro de exclusiones son menos estrictos en los reconocimientos de los cuerpos administrativos, que en los cuerpos algo mas operativos (artificeros, pilotos, tropa...etc). Es por esa razon que he comentado que quiza el cjm, al ser un cuerpo meramente administrativo, sean menos estrictos con el reconocimiento
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Re: Exclusión médica, cuerpo juridico
Aunque hipotéticamente te dieran el apto en el reconocimiento médico, luego te quedaría pasar la academia. Mientras seas alumno te pueden dar la baja en cualquier momento, y más si es por una causa médica excluyente. Tarde o temprano te echarán.
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