Revy escribió: ↑Mar, 19 Dic 2023, 13:21No, no hice pruebas fisicas, la baja es fisica
Entonces no veo ningún impedimento en que te presentases a otra oposición, no tiene mayor preocupación.
Revy escribió: ↑Mar, 19 Dic 2023, 13:21con paseo por las dependencias a que te refieres?
Cuando cesas en una unidad, tienes que pasar por todas las oficinas, S1, S2, S3, S4, CISPOC, la auxiliaría de tu CIA, el Sbmy de tu unidad, el jefe de tu unidad y no sé si alguna más. Para que te entregues cosas como la TIM, la tarjeta de acceso y en definitiva se resuelva todo lo que esté pendiente.
Revy escribió: ↑Mar, 19 Dic 2023, 13:21yo iba a enviar al apoderado con un papel en el que doy mi consentimiento y fotocopia del dni por ambas caras de ambos, no se si eso valdria, prefiero evitar totalmente el acudir alli
No, un apoderado no es eso. Un apoderamiento es un acto administrativo por el cual designas a una persona física a actuar en tu nombre. Y es un acto que tiene que ser registrado. Lo que tu dices es una "autorización" y no vale para este caso, ni de lejos.
Aquí tienes más información:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_ ... entos.html
Insisto en que me parece desproporcionado usar un apoderado para darte de baja en las Fuerzas Armadas.
Revy escribió: ↑Mar, 19 Dic 2023, 13:21con lo del alta quiero decir, si la cojo el dia que ceso, no me pueden obligar a acudir no?
Si coges el alta el mismo día que cesas, ese día tienes que trabajar. Si coges el alta el día siguiente al cese (aunque ya carece de sentido porque cesas en el lugar donde estás dado de baja médica) entonces no tienes que ir a trabajar.