Muy buenas, si no recuerdo mal debes solicitar un permiso especial a tus superiores. Esto es lo que dice el boe :
1. El militar podrá desplazarse libremente a países extranjeros con la salvedad expuesta en el apartado siguiente y cumpliendo el deber de comunicar en su unidad su residencia temporal y los datos de carácter personal que hagan posible su localización, de acuerdo con lo indicado en el artículo 23.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio.
2. El Secretario General de Política de Defensa establecerá, en función de la situación internacional, los países o territorios para los que el militar requiere de autorización previa a su desplazamiento y lo comunicará a los órganos competentes para resolver las solicitudes de autorización, que utilizarán los medios de información precisos para que el personal militar tenga conocimiento de los países o territorios afectadas por estas limitaciones.