Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Temas sobre los Reservistas y Voluntarios
Avatar de Usuario

Autor
DANIST

Soldado
Mensajes: 21
Registrado: Mié, 27 Dic 2023, 18:00
Medallas: 1

Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por DANIST »

Buenos dias,

Me gustaría lanzar esta pregunta que no sé si ha sido respondida con anterioridad.

En caso de que se coja plaza para ser reservista, puede la empresa negarse a darme 15 días de vacaciones para hacer la formación?

De ser así, que opciones existirían?

Muchas gracias desde ya!

Un saludo

Medalla Reservista

telegram
Avatar de Usuario

Ligero

Cabo
Mensajes: 40
Registrado: Jue, 23 Nov 2023, 18:36
Medallas: 1
Ubicación: Bolsa 34

Re: Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por Ligero »

Creo q sí, entonces la única opción es un permiso por formación q creo si están obligados pero pasa q no es retribuido y además, se ha hablado por aquí de algún caso, pueden tomar represalias en forma de despido, improcedente por supuesto, pero al fin y al cabo no cuesta casi nada despedir a alguien.

Lo ideal es dialogar y negociar pero claro hay casos en los q no hay forma.... >(

En mi caso he estado 17 años trabajando en una empresa pública y en varias ocasiones lo intenté pero no me daban opción y por no crear conflicto hasta q no salí de allí no me he atrevido a presentarme, y ojo era y es una empresa pública, cada vez q cambiada de gerente, q era casi como cambiar de alcalde, le planteaba el asunto, y nada de nada, hay por desgracia muchos casos así.

Medalla Reservista

Avatar de Usuario

jotace

Soldado
Mensajes: 12
Registrado: Mié, 31 Ene 2024, 14:03

Re: Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por jotace »

Buenos días Danist,

no se en qué trabajas, pero quizas puedas mirar el convenio. En mi caso, a partir del año en la empresa tengo derecho (supuestamente) a un mes de permiso no retribuido al año, que puedo coger en dos fraccciones de 15 días. A unas malas, intentaré agarrarme a eso si consigo plaza. Quizás tengas algo parecido en tu convenio, te recomiendo que le eches un vistazo.

Saludos,
JC

Avatar de Usuario

Autor
DANIST

Soldado
Mensajes: 21
Registrado: Mié, 27 Dic 2023, 18:00
Medallas: 1

Re: Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por DANIST »

Buenas Jotace,

Muchas gracias por tu respuesta.

He mirado del convenio de arriba a abajo y no viene nada. Trabajo en sector del aceite.

El problema que tengo es en las dos plazas que he escogido, si me cogen en el ejercito de tierra, coincide con una feria de alimentación, feria a la que no me toca ir, pero mi directora si va, y no quiere dejar el departamento una semana sin nadie.

Se puede teletrabajar, aunque sea respondiendo los emails por la tarde...

Pero bueno, mi primera opción es el Ejercito del Aire, esperemos que entre y no tenga ningún mamoneo!

Muchas gracias una vez mas!

Medalla Reservista

Avatar de Usuario

Acator

Soldado
Mensajes: 19
Registrado: Dom, 05 Nov 2023, 10:24
Medallas: 1
Ubicación: Granada

Re: Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por Acator »

Hola Danist.

Si te sirve de consuelo, si me cogen, yo tendría que igualmente en el rato que se tiene por la tarde, atender temas de mi trabajo. He leído que algún rato tienes desde que cortas la formación por la tarde hasta que tocan para dormir. En mi caso soy Ing. Edificación Autónomo, y si avisaría a mis clientes de que estaré a medio gas esos días pero que por las tardes supervisaré el trabajo, esa es mi idea.. También he leído que en el CEFOT2 la cobertura es malísima... Asi que desconozco si entro lo que me encontraré. 

Pero bueno, vamos a ver si me cogen primero... y luego gestionaremos eso.

Un saludo.

Medalla Reservista

Avatar de Usuario

jotace

Soldado
Mensajes: 12
Registrado: Mié, 31 Ene 2024, 14:03

Re: Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por jotace »

Sí, esa es mi intención también. Primero ver si entramos, luego ya gestionaremos. Que remover el avispero para nada... es tontería jajaja

A ver si hay suerte y sabemos algo pronto compañeros!

Avatar de Usuario

Autor
DANIST

Soldado
Mensajes: 21
Registrado: Mié, 27 Dic 2023, 18:00
Medallas: 1

Re: Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por DANIST »

Totalmente de acuerdo, primero entrar, luego remover el avispero!

venga gente! que ya va quedando menos!

Medalla Reservista

Avatar de Usuario

alvarofisio

Caballero
Mensajes: 4
Registrado: Mié, 21 Feb 2024, 17:12

Re: Empresa se niega a darme vacaciones para ser reservista

Mensaje por alvarofisio »

Los periodos de formacion basica y especifica son permisos remunerados:

Artículo 134. Derechos de carácter laboral y de seguridad social de los reservistas voluntarios.
1. Los reservistas voluntarios y los aspirantes a adquirir tal condición, en el supuesto de que fueran trabajadores por cuenta ajena, tendrán los siguientes derechos:
a) Los periodos de formación militar, básica y específica, y de formación continuada a que se refiere el artículo 127 tendrán la consideración de permisos retribuidos, previo acuerdo con la empresa.
b) La activación de los reservistas para prestar servicios en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, previstos en el artículo 123, se considerará, también previo acuerdo con la empresa, causa de suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo y cómputo de antigüedad.
2. Los reservistas voluntarios y los aspirantes a adquirir tal condición, en el caso de que fueran funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas, tendrán los siguientes derechos:
a) Los períodos de formación militar, básica y específica, y de formación continuada a los que se refiere el artículo 127 serán considerados como permiso regulado en el artículo 48 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Los períodos de activación para prestar servicios en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, previstos en el artículo 123, serán considerados como situación de servicios especiales para los funcionarios de carrera.
3. En los períodos de formación militar, básica y específica, y de formación continuada los aspirantes y los reservistas seguirán adscritos al régimen de seguridad social al que pertenecieren, compensando el Ministerio de Defensa de las cotizaciones correspondientes al empleador. Los que al incorporarse no estuvieren adscritos a ningún Régimen de la Seguridad Social, se adscribirán al Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
En el supuesto de que estuvieren percibiendo la prestación o el subsidio por desempleo en el momento de su incorporación para recibir la formación, seguirán percibiendo dicha prestación o subsidio, salvo que, por aplicación de los artículos 215.3 y 219.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, proceda la suspensión del subsidio o de la prestación.
4. En los periodos de activación para prestar servicios en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, previstos en el artículo 123, los reservistas voluntarios se adscribirán al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, siéndoles de aplicación el Régimen de Clases Pasivas en los mismos términos que a los militares profesionales que mantienen una relación de servicios de carácter temporal.
La pensión de Clases Pasivas que, en su caso, se reconozca por el órgano competente será incompatible con otra que la misma persona hubiera causado o pudiera causar en otro régimen público de previsión social por los mismos hechos. En estos casos el interesado podrá ejercer un derecho de opción por el cobro de la prestación que estime más conveniente, sin que este derecho pueda ejercerse más de una vez. No obstante, cuando por aplicación de disposiciones de carácter general resulte alterada la cuantía de alguna de las prestaciones incompatibles, podrá ejercerse de nuevo tal derecho de opción una sola vez para cada caso.
5. Asimismo, durante los periodos de activación para prestar servicios en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa, los reservistas voluntarios, salvo que sean funcionarios de carrera, quedarán incluidos en el ámbito de la protección por desempleo, debiendo cotizar por dicha contingencia tanto el reservista como el Ministerio de Defensa.
Los reservistas voluntarios a que se refiere el párrafo anterior se encontrarán en situación legal de desempleo a efectos de la protección correspondiente cuando finalice su misión o concluya el tiempo máximo de permanencia en la situación de activado.
La activación de los reservistas para prestar servicios en las Fuerzas Armadas se considerará causa de suspensión o extinción de la prestación o del subsidio por desempleo, conforme a lo establecido, respectivamente, en los artículos 212.1.d) y 213.1.d) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
6. Los aspirantes y los reservistas voluntarios que al finalizar sus periodos de formación militar, básica y específica, y de activación se encontrasen en situación de incapacidad temporal por accidente o enfermedad derivada del servicio, podrán continuar en las Fuerzas Armadas en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

Cerrado

Volver a “Reservistas y Voluntarios”

  • El objetivo del chat es el de conversar con otros usuarios, para plantear dudas aunque las consideres poco importantes, debes usar los foros.
      Consejo:
      Evita usar el chat para preguntar dudas, para que tu duda sirva para otros usuarios y no se pierda en el tiempo. Utiliza los foros para preguntar tus dudas.
      Está desconectado.