Buenas tardes, he visto un tema así en el foro pero tengo problemas con la S-1 de mi cuartel.
Hace poco aprobé una oposición para funcionario interino en un ayuntamiento, a la hora de hacer papeles para poder acceder a ese nuevo puesto me dijeron que no podía rescindir contrato por que la plaza que aprobé no era fija y como mucho podía pedir una licencia de asuntos propios por llevar más de 2 años. Finalmente tuve que rechazar la plaza por que la incorporación se producía en unos 15 días y la licencia tardaría aproximadamente un mes. Luego vi por este foro en un tema que dejo aquí el link: viewtopic.php?t=19828 no había problema en rescindir contrato y acceder al nuevo puesto aunque fuera interino. A mas, llamé al ministerio de defensa donde me corroboraron que yo podía causar baja en el ejercito ya que aprobé una oposición independientemente de que fuera interino o no. Aún así S-1 se mantiene que si es interino no puedo causar baja. Necesitaría saber en que ley puedo apoyarme, ya que según S-1 la ley 37/2007 art. 118 apartado D (Por el ingreso en cuerpos y escalas de funcionarios o adquisición de la condición de personal laboral fijo de las Administraciones públicas y Organismos públicos dependientes de ellas. A estos efectos, tendrán la misma consideración el nombramiento como funcionario en prácticas y la designación para realizar los períodos de prueba en los procesos selectivos de personal laboral.) solo cesaría si la plaza es de carácter permanente. Necesito ayuda ya que por un lado me dicen que se puede y por otro me dicen que no.
Hace poco aprobé una oposición para funcionario interino en un ayuntamiento, a la hora de hacer papeles para poder acceder a ese nuevo puesto me dijeron que no podía rescindir contrato por que la plaza que aprobé no era fija y como mucho podía pedir una licencia de asuntos propios por llevar más de 2 años. Finalmente tuve que rechazar la plaza por que la incorporación se producía en unos 15 días y la licencia tardaría aproximadamente un mes. Luego vi por este foro en un tema que dejo aquí el link: viewtopic.php?t=19828 no había problema en rescindir contrato y acceder al nuevo puesto aunque fuera interino. A mas, llamé al ministerio de defensa donde me corroboraron que yo podía causar baja en el ejercito ya que aprobé una oposición independientemente de que fuera interino o no. Aún así S-1 se mantiene que si es interino no puedo causar baja. Necesitaría saber en que ley puedo apoyarme, ya que según S-1 la ley 37/2007 art. 118 apartado D (Por el ingreso en cuerpos y escalas de funcionarios o adquisición de la condición de personal laboral fijo de las Administraciones públicas y Organismos públicos dependientes de ellas. A estos efectos, tendrán la misma consideración el nombramiento como funcionario en prácticas y la designación para realizar los períodos de prueba en los procesos selectivos de personal laboral.) solo cesaría si la plaza es de carácter permanente. Necesito ayuda ya que por un lado me dicen que se puede y por otro me dicen que no.