Tengo una duda acerca de cambiarse de especialidad una vez sea sargento.
Si entro a sargento con la especialidad de administración que es a la que pertenezco. Con los años, según van saliendo las vacantes y con un FP de informática: ¿Podría cambiar de especialidad? ¿Echando en alguna vacante de informática? O
ya siendo de administración me quedo encasillado ahí y da igual que tengas un FP de informática.
Tengo una duda acerca de cambiarse de especialidad una vez sea sargento.
Si entro a sargento con la especialidad de administración que es a la que pertenezco. Con los años, según van saliendo las vacantes y con un FP de informática: ¿Podría cambiar de especialidad? ¿Echando en alguna vacante de informática? O
ya siendo de administración me quedo encasillado ahí y da igual que tengas un FP de informática.
Gracias.
Puedes optar a la especialidad que quieras, si es con exigencia de titulación y tú tienes un fp que no vale para tu especialidad de soldado pero si para otra especialidad puedes optar a esa especialidad nueva.
Regimiento de infantería ligera Nápoles 4 de paracaidístas! Bandera Roger de Flor!
Agrupación Base Aérea de Cuatro Vientos .
Pero me refiero a otro asunto. Yo tengo el FP de administración pero me gusta más la informática y voy a empezar un FP de esa rama.
Entonces mi idea es promocionar a suboficiales con titulación a la especialidad de administración que me dan los 5 puntos y tengo más opciones de lograr la plaza. Y ya ser sargento.
Y la duda es si una vez sea sargento (de administración) puedo cambiar de especialidad cuando saliesen vacantes con los años. Cambiar de administración a algo de informática. ¿Tendrían en cuenta el FP que voy a empezar?
csanpi4 escribió: ↑Vie, 31 Jul 2020, 18:26
Pero me refiero a otro asunto. Yo tengo el FP de administración pero me gusta más la informática y voy a empezar un FP de esa rama.
Entonces mi idea es promocionar a suboficiales con titulación a la especialidad de administración que me dan los 5 puntos y tengo más opciones de lograr la plaza. Y ya ser sargento.
Y la duda es si una vez sea sargento (de administración) puedo cambiar de especialidad cuando saliesen vacantes con los años. Cambiar de administración a algo de informática. ¿Tendrían en cuenta el FP que voy a empezar?
Y gracias por su respuesta.
Una vez que eres sgto ya no puedes cambiar de especialidad salvo que hagas promoción a la escala de oficiales u oposites por acceso directo a otra especialidad de la escala de suboficiales (aunque con esto último si hicieses el cambio, perderías tu antigüedad militar y empleo).
Lo que si que podrían hacer es darte funciones de informático en tu destino, pero seguirías teniendo la especialidad de administración.
Bantesc escribió: ↑Vie, 31 Jul 2020, 18:37aunque con esto último si hicieses el cambio, perderías tu antigüedad militar y empleo
De hecho, no puedes presentarte a suboficial siendo suboficial por 2 motivos. El primero es que probablemente ya no entrarás en la edad. Y el más importante es que no puedes opositar para suboficiales siendo suboficial. Igual que no puedes opositar a tropa siendo tropa, porque no es una mejora laboral y para poder hacerlo antes tienes que cesar en tu puesto actual.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.
Verba volant, scripta manent. Per disciplinam meam lux videbis.
chokie escribió: ↑Dom, 02 Ago 2020, 00:05
De hecho, no puedes presentarte a suboficial siendo suboficial por 2 motivos. El primero es que probablemente ya no entrarás en la edad. Y el más importante es que no puedes opositar para suboficiales siendo suboficial. Igual que no puedes opositar a tropa siendo tropa, porque no es una mejora laboral y para poder hacerlo antes tienes que cesar en tu puesto actual.
Siendo suboficial si que puedes presentarte a suboficial, tal y como dije en otro tema. Aunque solo por acceso directo.
Siendo oficial también te puedes presentar a oficiales, tanto por acceso directo (aunque nunca he visto a nadie hacer esto), como por interna a plazas de la escala técnica reservadas a oficiales de los cuerpos generales.
Lo de no poder presentarte por ser militar en activo es exclusivo de la convocatoria de tropa.
Me como mis palabras. Tienes razón. Pero no pierdes ni antigüedad, ni empleo.
Ley 39/2007 de la carrera militar
Articulo 62
4. La incorporación a escalas del mismo nivel de diferentes cuerpos se hará conservando el empleo y el tiempo de servicios cumplido en la escala de origen, estableciéndose reglamentariamente los procedimientos para determinar el orden de escalafón en la nueva escala
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.
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