Alaala1 escribió: ↑Dom, 03 Mar 2024, 02:05Pero como hago? Cuando me digan que te pasa
Es un tema personal, mi (empleo que corresponda).
Alaala1 escribió: ↑Dom, 03 Mar 2024, 02:07La baja la tengo firmada ya por mi psiquiatra para entregarla y teniendo el parte e baja es necesario también ir a la cia? Porque entregandola ya en botiquín y estando de baja no veo necesario ir a la cia
Yo entiendo que a los que sois nuevos en este mundo no os cuadren muchas cosas. Te explico:
Lo que te ha dado el psiquiatra es una especie de "propuesta de baja" que se queda en el ámbito civil. Con esa propuesta tú vas al botiquín y en el botiquín envían la "propuesta de baja" de ámbito militar al jefe de tu unidad. Y este, en última instancia es quien aprueba la baja laboral.
Es cierto que, habiendo una propuesta de baja por el psiquiatra, ningún otro de los que he nombrado se va a oponer. Porque las repercusiones legales podrían ser complejas. Pero, eso no quita, que el procedimiento haya que realizarlo.
Tú no vas a recibir noticias de tu jefe de unidad, y cuando tengas la baja tramitada del botiquín de tu unidad ya estará "formalizado" el trámite. Pero, por otra parte, tú no puedes ir al botiquín a tramitar la baja porque a ti te de la gana. Hay que seguir un conducto reglamentario. Que en este caso, pasa por decírselo a tu mando directo para iniciar el procedimiento.
Tú: - Mi (lo que proceda), necesito ir al botiquín a tramitar una baja médica.
Lo que proceda: - Hostia, (tu nombre), ¿que te ha pasado?
Tú: - Temas personales, mi (lo que proceda).
Lo que proceda: - Pero cuéntame lo que te pasa, joder!
Tú: - Lo siento, mi (lo que proceda), es un tema privado.
Si insiste.
Tú: - No insista, son temas privados, y la Ley 41/2002 me ampara para no tener que contárselo. (Si nombras la ley tal cual te digo, solo Ley 41/2002, se le van a poner los huevos de corbata)
Artículo 7. Derecho a la intimidad de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
1. Toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley