Procedimiento cambio de cuerpo

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infantmedic97

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Procedimiento cambio de cuerpo

Mensaje por infantmedic97 »

Buenas, hace un año ingrese por acceso directo al cuerpo militar de Sanidad con titulación (medicina) y tras un año me di cuenta que no quiero ser sanitario, que mi vocación militar es otra. Ya he escogido y firmado especialidad , antes de comenzar la formacion. Entiendo que tendré que renunciar a ella si decido que no quiero seguir adelante con el trabajo de oficial medico. Tengo 26 años, cumplo 27 este año. Mi intención seria cambiar al cuerpo general del ejercito de Tierra, ir por tropa o por suboficiales, aun lotengo que valorwr y como lo hago. No se si ya es demasiado tarde para empezar de nuevo desde el principio, pero tengo compañeros que están ahora en formacion que saldrán de tenientes medicos con treinta y muchos o cuarenta años, asi que aun quiero perseguir lo que realmente quiero si estoy a tiempo.
Mis preguntas ¿que procedimiento debo seguir para cambiar de cuero común a formacion de cuerpo general? ¿Cuanto deberé pagar por abandonar la especialidad y por los años de servidumbre en caso de que consiga cambiarme? ¿Podría hacer promo hasta oficiales?
Muchas gracias por su ayuda.

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chokie

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Re: Procedimiento cambio de cuerpo

Mensaje por chokie »

infantmedic97 escribió: Vie, 05 Jul 2024, 15:27No se si ya es demasiado tarde para empezar de nuevo
A tropa se puede acceder hasta los 29 años, la verdad es que si ya tienes 27 vas un poco justo.
infantmedic97 escribió: Vie, 05 Jul 2024, 15:27¿que procedimiento debo seguir para cambiar de cuero común a formacion de cuerpo general?
Darte de baja en la formación actual, acceder a tropa y mediante promoción interna acceder a oficiales.
infantmedic97 escribió: Vie, 05 Jul 2024, 15:27Cuanto deberé pagar por abandonar la especialidad y por los años de servidumbre en caso de que consiga cambiarme?
En el caso de los alumnos del centro docente militar de formación para el acceso al Cuerpo Militar de Sanidad en la especialidad de medicina, que hayan ingresado sin titulación universitaria previa, la necesidad de resarcir se aplicará desde el primer año de su formación cuando se solicite la baja a petición propia, siéndoles de aplicación las condiciones de preaviso y los conceptos a resarcir establecidos en los apartados 1 y 4 de este artículo.

4. Los costes individualizados que se especifiquen en la convocatoria de la enseñanza de formación correspondiente, junto con las retribuciones percibidas por el alumno asociadas al proceso de enseñanza, serán utilizados para determinar la cantidad total que habrá de resarcir el alumno que cause baja a petición propia.
Si en la convocatoria no figuraran los costes individualizados del curso, el cálculo de la cantidad a resarcir se hará conforme a los criterios indicados en el artículo 11.

Artículo 11. Valoración de la cantidad a resarcir.
1. A los efectos de la valoración de la cantidad a resarcir, se tomará como fecha de inicio para el cálculo la de nombramiento del solicitante como alumno en el proceso de enseñanza correspondiente, siendo la fecha final de cálculo la fecha solicitada de efectividad de la baja.

2. La valoración de la cantidad a resarcir por el interesado, se determina mediante la integración de los siguientes conceptos y conforme a los criterios generales que figuran en los Anexos I y II de la presente orden:

a) Coste de la formación recibida por el solicitante, siendo la autoridad responsable de determinar su valor, según el caso:
1.º Coste de la enseñanza de formación: La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar a propuesta de la Dirección de Enseñanza del Ejército correspondiente.
2.º Coste de la enseñanza de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional: La Autoridad que realizó la convocatoria del curso.

b) Retribuciones asociadas al proceso de enseñanza, cuando proceda, cuyo valor determinará la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, considerando los importes hasta la fecha solicitada de efectividad de la baja, conforme a los criterios para el cálculo de estos costes que figuran en el Anexo II.

c) Tiempo de servicio cumplido, a los efectos de aplicar reducciones en la cantidad a resarcir. Estas reducciones se harán conforme a los porcentajes de reducción estipulados en la tabla que figura en el Anexo I.

3. El instructor solicitará a las autoridades mencionadas el coste de la formación recibida y, en su caso, de las retribuciones asociadas al proceso de enseñanza. Para ello, habrán aplicado a los valores iniciales obtenidos las reducciones establecidas en el Anexo I en base al tiempo de servicios cumplido, haciendo constar ambas cantidades, la inicial y la reducida, en la documentación a remitir al instructor.

4. Una vez concluida la valoración de la cantidad a resarcir al Estado, el instructor del expediente de resarcimiento la elevará por conducto reglamentario para consideración de la persona titular de la Subsecretaría de Defensa quien, en caso de estar conforme con la cantidad, firmará el Acuerdo de Resarcimiento Económico.


Básicamente tienes que pagar todo lo que se han gastado en ti. Échale que si has estado internado mientras estudiabas, has estudiado 1 año de la carrera, el resarcimiento pueden ser fácilmente más de 15.000€
infantmedic97 escribió: Vie, 05 Jul 2024, 15:27¿Podría hacer promo hasta oficiales?
Sí, de la manera que te he dicho arriba.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.


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chokie

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Re: Procedimiento cambio de cuerpo

Mensaje por chokie »

Para evitar el resarcimiento, y esto te lo digo sin estar seguro al 100% de lo que digo. Tendrías que suspender las asignaturas. De este modo no causarías baja por petición propia. Pero por contra perderías 1 año más en el proceso.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
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javi14

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Re: Procedimiento cambio de cuerpo

Mensaje por javi14 »

Yo hablaría con tus protos, y que te suspendan, no es raro tu caso, además si quieres seguir perteneciendo al gremio.
Estoy seguro que lo entenderán y te intentarán ayudar de la mejor manera y más rápida, ya que no hay tiempo que perder.
Un saludo y suerte 
¡¡¡No parar hasta conquistar!!!

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amatistteam

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Re: Procedimiento cambio de cuerpo

Mensaje por amatistteam »

infantmedic97 escribió: Vie, 05 Jul 2024, 15:27 Buenas, hace un año ingrese por acceso directo al cuerpo militar de Sanidad con titulación (medicina) y tras un año me di cuenta que no quiero ser sanitario, que mi vocación militar es otra. Ya he escogido y firmado especialidad , antes de comenzar la formacion. Entiendo que tendré que renunciar a ella si decido que no quiero seguir adelante con el trabajo de oficial medico. Tengo 26 años, cumplo 27 este año. Mi intención seria cambiar al cuerpo general del ejercito de Tierra, ir por tropa o por suboficiales, aun lotengo que valorwr y como lo hago. No se si ya es demasiado tarde para empezar de nuevo desde el principio, pero tengo compañeros que están ahora en formacion que saldrán de tenientes medicos con treinta y muchos o cuarenta años, asi que aun quiero perseguir lo que realmente quiero si estoy a tiempo.
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Muchas gracias por su ayuda.
podrias ir por tropa antes de los 29 no obstante para suboficial vas tarde

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chokie

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Re: Procedimiento cambio de cuerpo

Mensaje por chokie »

amatistteam escribió: Mar, 09 Jul 2024, 03:27no obstante para suboficial vas tarde

Para la promoción interna no hay límite de edad. Lo que va tarde es para entrar a soldado, porque si no entra a la primera se va poniendo la cosa peliaguda.
Si te han resuelto una duda, vuelve a contarnos como te ha ido.
Tu problema de hoy, es el de un compañero mañana.


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