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Licencia asuntos propios!
Publicado: Vie, 06 Feb 2026, 21:20
por Juan66
Hola buenas, estoy barajando la opción de coger la licencia de asuntos propios, pero hago los 5 años en mayo.
Según las ultima actualización esa licencia son para militares de carrera aparte de otras cosas, se supone que la tropa no entra ahí. Alguien que lo tenga claro y me ayude
Gracias camaradas!
Re: Licencia asuntos propios!
Publicado: Sab, 07 Feb 2026, 00:38
por MMLR
Orden DEF/253/2015, de 9 de febrero escribió: Vie, 06 Feb 2026, 21:20
Artículo 17. Licencias.
2. El personal militar profesional podrá solicitar licencia por asuntos propios o por estudios, con excepción de los militares profesionales que mantienen una relación de servicios de carácter temporal, durante los dos primeros años de su compromiso inicial.
En este caso, que no estás en el compromiso inicial, podrías solicitarla sin problemas.
Orden DEF/253/2015, de 9 de febrero escribió: Vie, 06 Feb 2026, 21:20
Artículo 18. Licencia por asuntos propios.
1. La licencia por asuntos propios podrá concederse por un plazo máximo de noventa días naturales en cada periodo de dos años de servicios efectivos prestados, contados desde la fecha de inicio de la primera de ellas.
Lo dicho. Solicítala si finalmente te decides.
Saludos!