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Duda
Publicado: Mar, 11 Sep 2018, 23:22
por RoodennGoldtrust
Buenas. Tengo un amigo que ha decidido unirse al ejército a principios del 2020, junto a mí y a mi mejor amigo. El problema es que tiene un tatuaje en el antebrazo. No es ofensivo ni anticonstitucional, sin embargo tengo entendido que no puede haber ningún tatuaje de ningún tipo que sea visible usando ambos uniformes, manga corta y larga (creo que son esos dos, por intuición). La pregunta es, ¿Podría unirse con el tatuaje o es obligatorio quitárselo para unirse?
Gracias de antemano. Un saludo y nos vemos en el ejército en un futuro cercano, compañeros.
Re: Duda
Publicado: Mar, 11 Sep 2018, 23:24
por ismael9899
RoodennGoldtrust escribió: Mar, 11 Sep 2018, 23:22
Buenas. Tengo un amigo que ha decidido unirse al ejército a principios del 2020, junto a mí y a mi mejor amigo. El problema es que tiene un tatuaje en el antebrazo. No es ofensivo ni anticonstitucional, sin embargo tengo entendido que no puede haber ningún tatuaje de ningún tipo que sea visible usando ambos uniformes, manga corta y larga (creo que son esos dos, por intuición). La pregunta es, ¿Podría unirse con el tatuaje o es obligatorio quitárselo para unirse?
Gracias de antemano. Un saludo y nos vemos en el ejército en un futuro cercano, compañeros.
Supuestamente es obligatorio quitarselo o no tener, supuestamente...
Re: Duda
Publicado: Mar, 11 Sep 2018, 23:40
por mario16
Según el BOE solo se pueden ver con la ropa de deporte y con uno especiales (no sé cuál es ese)
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 06:42
por Sergioinfo2
Tatuajes visibles no apto, no te dejan ni hacer el psicotécnico vamos... al menos en mi delegación
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 11:54
por Luxan
mario16 escribió: Mar, 11 Sep 2018, 23:40
Según el BOE solo se pueden ver con la ropa de deporte y con uno especiales (no sé cuál es ese)
Por especiales se entiende: Uniformes para servicios concretos (mono de mecanico) uniformes de época y uniformes de cuerpos ó unidades que tengan sus propios uniformes. Estos últimos son para Regulares, Paracas y la Legionarios.
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 13:53
por Mariosf26
Luxan escribió: Mié, 12 Sep 2018, 11:54
Por especiales se entiende: Uniformes para servicios concretos (mono de mecanico) uniformes de época y uniformes de cuerpos ó unidades que tengan sus propios uniformes. Estos últimos son para Regulares, Paracas y la Legionarios.
Dudo que sean estos últimos, ya que entra gente con el pecho tatuado y la camisa de la legión es abierta
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 14:01
por Luxan
Mariosf26 escribió: Mié, 12 Sep 2018, 13:53
Dudo que sean estos últimos, ya que entra gente con el pecho tatuado y la camisa de la legión es abierta
Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre. TÍTULO I. Norma n°8 de la 'h' a la 'i'
H) Uniformes especiales.
Los uniformes especiales son los que no están encuadrados en los apartados anteriores. Están orientados a determinadas actividades operativas y funcionales que requieren el uso de un uniforme específico. También están incluidos los uniformes tradicionales para uso en formaciones y los uniformes históricos.
El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y el Jefe del Cuarto Militar de la Casa de Su Majestad el Rey, en el ámbito de sus respectivas competencias, definirán la composición y utilización de los uniformes especiales, así como las ostentaciones de emblemas, divisas y distintivos que correspondan.
Observaciones:
– No se podrán portar condecoraciones sobre los uniformes especiales, con la excepción de los uniformes históricos y los uniformes tradicionales.
i) Equipación deportiva.
El uso de la equipación deportiva estará orientado a la práctica deportiva. Además, el jefe de unidad podrá establecer el uso de esta uniformidad para el desarrollo de actividades de instrucción y adiestramiento, en sustitución de otros uniformes, cuando las circunstancias lo aconsejen.
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 14:37
por Mariosf26
Luxan escribió: Mié, 12 Sep 2018, 14:01
Orden DEF/1756/2016, de 28 de octubre. TÍTULO I. Norma n°8 de la 'h' a la 'i'
H) Uniformes especiales.
Los uniformes especiales son los que no están encuadrados en los apartados anteriores. Están orientados a determinadas actividades operativas y funcionales que requieren el uso de un uniforme específico. También están incluidos los uniformes tradicionales para uso en formaciones y los uniformes históricos.
El Jefe de Estado Mayor de la Defensa, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y el Jefe del Cuarto Militar de la Casa de Su Majestad el Rey, en el ámbito de sus respectivas competencias, definirán la composición y utilización de los uniformes especiales, así como las ostentaciones de emblemas, divisas y distintivos que correspondan.
Observaciones:
– No se podrán portar condecoraciones sobre los uniformes especiales, con la excepción de los uniformes históricos y los uniformes tradicionales.
i) Equipación deportiva.
El uso de la equipación deportiva estará orientado a la práctica deportiva. Además, el jefe de unidad podrá establecer el uso de esta uniformidad para el desarrollo de actividades de instrucción y adiestramiento, en sustitución de otros uniformes, cuando las circunstancias lo aconsejen.
De por si por llevar tatuajes en el pecho no te dicen nada
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 15:26
por Luxan
Mariosf26 escribió: Mié, 12 Sep 2018, 14:37
De por si por llevar tatuajes en el pecho no te dicen nada
Pues eso, llevar tatuajes visibles con el uniforme de deporte ó alguno de los especiales no es motivo de exclusion
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 15:30
por Mariosf26
Luxan escribió: Mié, 12 Sep 2018, 15:26
Pues eso, llevar tatuajes visibles con el uniforme de deporte ó alguno de los especiales no es motivo de exclusion
A ver si lo llevas que se te asoma un poco por el cuello... estás fuera pero por llevar las típicas alas y demás no hay problema... de todas formas creo que cada vez van a estar menos estrictos en este tema.
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 16:09
por Navarrico
A ver si lo llevas que se te asoma un poco por el cuello... estás fuera pero por llevar las típicas alas y demás no hay problema... de todas formas creo que cada vez van a estar menos estrictos en este tema.
[/quote]
Yo quería preguntar, llevo un tatuaje abajo del ombligo ( no se ve nada ha no ser que me quiten la camiseta) y tengo las físicas el martes. Me echarán para atrás por el tatuaje?
Un saludo y gracias
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 16:33
por Luxan
Mariosf26 escribió: Mié, 12 Sep 2018, 15:30
A ver si lo llevas que se te asoma un poco por el cuello... estás fuera pero por llevar las típicas alas y demás no hay problema... de todas formas creo que cada vez van a estar menos estrictos en este tema.
Según tengo entendido te ponen una camiseta, la tipica de cuello redondo. Así que puedes llevar un tatuaje en el esternón sin problmas
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 20:06
por Sfm89
Consejo: Ya que teneis aun bastante tiempo por delante, acercaros un dia a vuestra área de reclutamiento, que le vean el tatuaje a tu amigo y preguntar si con eso seria apto o no, asi os quitais de dudas seguro y le queda tiempo de sobras por si se lo tiene que eliminar.
Re: Duda
Publicado: Mié, 12 Sep 2018, 23:12
por Liebana92
Depende a qué altura exacta pero es mejor que se lo quite y ahorra sustos luego.