COMPROMISO LARGA DURACIÓN Y OTROS
Publicado: Mar, 11 Dic 2018, 22:44
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De lo que he leído por aquí, es así, no podrás firmar el contrato de larga duración si estás 6 años en una misma unidad. Así que sí, habría que cambiar de destino al menos una vez y volver donde quieres firmar el contrato.MikelEjercito escribió: Mar, 11 Dic 2018, 22:44 Muy buenas,
He estado leyendo las condiciones para adquirir el compromiso de larga duración hasta los 45, y la duda que me surge es si es necesario cambiar de unidad para que te lo concedan al 6 año de servicio (aparte de tener buenos informes imagino), ya que en el BOE de la última convocatoria aparece que cada destino tendra una duración máxima de 6 años, entonces imagino que sera necesario al menos cambiar de unidad una vez no?
Gracias
Obligatorio el cambio de destino, sí o sí.MikelEjercito escribió: Mar, 11 Dic 2018, 22:44 Muy buenas,
He estado leyendo las condiciones para adquirir el compromiso de larga duración hasta los 45, y la duda que me surge es si es necesario cambiar de unidad para que te lo concedan al 6 año de servicio (aparte de tener buenos informes imagino), ya que en el BOE de la última convocatoria aparece que cada destino tendra una duración máxima de 6 años, entonces imagino que sera necesario al menos cambiar de unidad una vez no?
Gracias
Podrías copiar el extracto del BOE donde pone eso?MikelEjercito escribió: Mar, 11 Dic 2018, 22:44 Muy buenas,
He estado leyendo las condiciones para adquirir el compromiso de larga duración hasta los 45, y la duda que me surge es si es necesario cambiar de unidad para que te lo concedan al 6 año de servicio (aparte de tener buenos informes imagino), ya que en el BOE de la última convocatoria aparece que cada destino tendra una duración máxima de 6 años, entonces imagino que sera necesario al menos cambiar de unidad una vez no?
Gracias
Por supuesto, es una mejora de empleo, al igual que puedes seguir pidiendo la baja de las FAS si quieres, el CLD lo unico que hace es alargar tu contrato hasta los 45 (aparte de coger trienios etc), no te obliga a quedarte hasta los 45 forzosamenteTheDivision escribió: Jue, 13 Dic 2018, 23:43 Buenas, después de firmar el compromiso de larga duración, puedes opositar a algún cuerpo de policía como CNP,GC,P.LOCAL y pedir el cambio?
Pues q bien, me creia q no, Gracias.DvdMgd escribió: Jue, 13 Dic 2018, 23:57 Por supuesto, es una mejora de empleo, al igual que puedes seguir pidiendo la baja de las FAS si quieres, el CLD lo unico que hace es alargar tu contrato hasta los 45 (aparte de coger trienios etc), no te obliga a quedarte hasta los 45 forzosamente
No estoy seguro si podría pedirse vacante al propio destino y así eliminar la permanencia máxima de 6 años, habiendo cambiado de plaza pero no de destino.MikelEjercito escribió: Jue, 13 Dic 2018, 22:09 – Los destinos correspondientes a las plazas que se ofertan, tendrán una permanencia máxima de seis (6) años, conforme al artículo 22 apartado 3 del Reglamento de Destinos del Personal Militar Profesional aprobado por Real Decreto 456/2011, de 1 de abril.
totalmente de acuerdonovato34 escribió: Dom, 16 Dic 2018, 09:57 Lo de los 6 años a ver como lo gestionan cuando lleguen los primeros afectados porque yo es una cosa que he preguntado varias veces, incluso al suboficial mayor este que está en madrid para resolver todo tipo de dudas sobre el futuro a la tropa y nos dijo que estaba todo en el aire y que no sabían como lo iban a hacer... de aquí a 5 años puede pasar de todo, ya veremos que pasa entre otras cosas porque hay muchas unidades faltas de personal como para que encima te obliguen a irte de ellas... a mi entender no tiene ni pies ni cabeza pero veremos a ver
Pues es bastante sencillo. El compromiso de larga duración, en ningún sitio pone que no se pueda adquirir, por lo que lo pides y bla bla bla te lo dan. A partir de ahí, cumples el 6º año en tu unidad y tu permanencia en esa unidad finaliza, por lo que te quedas en disposición del mando de personal y este, pasado el tiempo que sea necesario te adjudicará una plaza en una unidad que tenga falta de personal. Ahí tendrás que estar un mínimo de 1 año porque es un destino forzoso y podrás pedir vacante de nuevo a donde quieras/puedas.novato34 escribió: Dom, 16 Dic 2018, 09:57 Lo de los 6 años a ver como lo gestionan cuando lleguen los primeros afectados porque yo es una cosa que he preguntado varias veces, incluso al suboficial mayor este que está en madrid para resolver todo tipo de dudas sobre el futuro a la tropa y nos dijo que estaba todo en el aire y que no sabían como lo iban a hacer... de aquí a 5 años puede pasar de todo, ya veremos que pasa entre otras cosas porque hay muchas unidades faltas de personal como para que encima te obliguen a irte de ellas... a mi entender no tiene ni pies ni cabeza pero veremos a ver
Con tu permiso Chokie añado que el CLD se puede pedir justo al día siguiente de cumplir 5 años, las unidades tienen por costumbre esperar hasta los últimos 4 meses en el quinto año, pero la norma dice que al día siguiente de cumplir 5 años se puede solicitar mediante primera sección de la unidad, esto significa que, tienen 6 meses para resolver si favorable o no, si se pide al siguiente dia del quinto año se tendría suscrito hasta los 45 años ANTES de que se hagan los 6 años de permanencia máxima en destino. No se si me he explicado bien, permanencia máxima en destino de 6 años, al quinto año y un dia se solicita el CLD y en 6 meses máximo se resuelve, Se puede tener el compromiso de larga duración antes de cumplir los 6 años.chokie escribió: Dom, 16 Dic 2018, 11:15 Pues es bastante sencillo. El compromiso de larga duración, en ningún sitio pone que no se pueda adquirir, por lo que lo pides y bla bla bla te lo dan. A partir de ahí, cumples el 6º año en tu unidad y tu permanencia en esa unidad finaliza, por lo que te quedas en disposición del mando de personal y este, pasado el tiempo que sea necesario te adjudicará una plaza en una unidad que tenga falta de personal. Ahí tendrás que estar un mínimo de 1 año porque es un destino forzoso y podrás pedir vacante de nuevo a donde quieras/puedas.
Esto, intuyo, se hizo para que haya movimiento dentro de las unidades y además puedan de alguna manera rellenar aquellas unidades que tienen poco personal.
Muy bien explicado, por eso creo que una vez cumplido el compromiso inicial de 2 - 3 años, se podría pedir la vacante de la misma unidad en la que estas para tener la plaza "fija"
Te estás liando. Cambiar de destino no significa cambiar de ejército como tú estás diciendo. Ni siquiera de especialidad. Me explico: cambiar de destino sería, por ejemplo, estar en una unidad de infantería ligera y cambiarte a otra unidad (también de ILG). Si tú estás en IM no tienes que cambiarte al ET, simplemente tendrías que pasar de un Tercio a otro (como puede ser cambiarse del TEAR al TERSUR, TERLEV...), pero tú seguirías formando parte de IM. Incluso tengo entendido que con cambiarte de batallón ya valdría, aunque mejor que alguien mejor informado confirme esto.ZzGrahams71 escribió: Jue, 27 Dic 2018, 13:05 Buenas, he leído que para poder optar a este compromiso es obligatorio el cambio de destino. Bien pues mi duda esta en si por Ej me gustaría entrar a IMT y querría firmar el compromiso larga duración, tendría que estar los 6 años máximos, salir y volver a entrar, o debería entrar a otro destino, por Ej alguno de tierra salir y entrar a IMT para poder optar a firmarlo.
Gracias, ya me parecía raro eso del cambio de destino.chokie escribió: Vie, 28 Dic 2018, 13:04 A ver, lo que tiene que quedar claro es que el compromiso de larga duración NO exige el cambio de destino. El cambio de destino es única y excusivamente porque la plaza adquirida con el compromiso inicial tiene una duración máxima de 6 años. Pero eso no te impide adquirir el compromiso de larga duración. Simplemente, si no has cambiado de destino antes de los 6 años, cuando cumplas los 6 años en la unidad, pasaras a estar disponible para cualquier vacante (que podría incluso ser la misma en la que estás)
Pero... y espero que esto quede claro: PARA ADQUIRIR EL COMPROMISO DE LARGA DURACIÓN, NO ES NECESARIO EL CAMBIO DE DESTINO.
Pero no olvides que la duración máxima de la plaza es de 6 años. Cuando esos 6 años pasen, si no has solicitado otra plaza quedas a disposición de que te adjudiquen otra plaza forzosa.ZzGrahams71 escribió: Vie, 28 Dic 2018, 14:22 Gracias, ya me parecía raro eso del cambio de destino.