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Cancelar larga duracion

Publicado: Lun, 25 May 2020, 22:15
por sultan
Hola, muy buenas, hace poco firme el apto para la larga duración que había solicitado, y me han dicho que han mandado los papeles a Madrid, pero por causas personales, quiero irme, la larga duración empezaría el día 19 de octubre de este año, ¿se podría cancelar el contrato aunque haya solicitado y sido aprobada la solicitud? y en caso de no ser posible, ¿una vez aprobada la larga duración podría solicitar la excedencia o tendría que esperar a el día 19 de octubre? Muchas gracias de antemano.

Re: Cancelar larga duracion

Publicado: Lun, 25 May 2020, 22:59
por chokie
Habría que saber exáctamente en que fase se encuentra tu solicitud. Con el compromiso de larga duración puedes rescindir en cualquier momento, pero eso sí, no es de un día para otro, tramites burocráticos, ya sabes. Con la excedencia sucede lo mismo, desde que la pides hasta que te la conceden pasa un tiempo. Lo mejor y más rápido que puedes hacer es a través de tu oficina de compañía, ir a S1 a paralizar el proceso del compromiso de larga duración, donde te dirán si has llegado a tiempo de cancelarla o no. Y de no haberla cancelado, pues pedir la rescisión de compromiso y que se efectúe en el momento en que más pronto sea posible.

No sé cual es el caso por el que te quieres ir después de 6 años, pero te recomiendo que esperes un poco y te pidas un máximo de 2 años de excedencia, que tal y como se están poniendo las cosas siempre es bueno tener ese As bajo la manga por si algún día, no lo quiera, te veas en la obligación de volver.

Un saludo y suerte!

Re: Cancelar larga duracion

Publicado: Vie, 29 May 2020, 00:06
por Mansur
sultan escribió: Lun, 25 May 2020, 22:15 Hola, muy buenas, hace poco firme el apto para la larga duración que había solicitado, y me han dicho que han mandado los papeles a Madrid, pero por causas personales, quiero irme, la larga duración empezaría el día 19 de octubre de este año, ¿se podría cancelar el contrato aunque haya solicitado y sido aprobada la solicitud? y en caso de no ser posible, ¿una vez aprobada la larga duración podría solicitar la excedencia o tendría que esperar a el día 19 de octubre? Muchas gracias de antemano.
Para resolver el compromiso tienes que avisar con un preaviso de 3 meses, seas de larga duración o de 2° o 3° compromiso. Hasta que no te entra en vigor el compromiso de larga duración no puedes solicitar la excedencia ( por eso sale publicada con fecha de inicio y de fin), la cual lo mismo, con un preaviso creo recordar que ahora de 15 días si es para la aceptación de un contrato laboral y de más tiempo si es por otro motivo ( de memoria no recuerdo cuánto, no tengo la norma delante). De excedencia tendrás que pasar mínimo 6 meses y de ahí en adelante lo que solicites. Depende del tipo de excedencia que solicites el tiempo máximo.