Compromiso inicial, vacantes
Publicado: Vie, 21 May 2021, 18:15
Buenas tardes, tengo una duda referente a las vacantes.
según el artículo 17 de los reales decretos 431/2002 y 456/2011 por el que se regulan las condiciones para pedir cambio de destino se dice que:
431/2002 --> (1. Con carácter general, el tiempo mínimo de permanencia en los destinos será de dos años para los asignados con carácter voluntario y de un año para los asignados con carácter forzoso.)
456/2011 -->
(1. Los militares de tropa y marinería durante el compromiso inicial antes de su primera renovación podrán optar, con carácter voluntario, a un destino diferente del asignado en la convocatoria si reúnen las condiciones siguientes:
a) Que su compromiso inicial sea de tres años.
b) Que hayan cumplido al menos dos tercios de su compromiso.
c) Que el puesto al que opten pertenezca a la estructura de la Fuerza de los Ejércitos.
También podrán optar a un destino diferente si se encuentran afectados por disolución, traslado o variación orgánica de su unidad.)
Perfecto, dicho esto, mi duda consiste en dos cosas
1. Se entiende por compromiso inicial el segundo contrato? me explico, yo tengo que renovar ahora en noviembre por ejemplo, pero mi fecha de presentación en la unidad es de mayo, es decir, que esos 5 meses de diferencia, me dan y me quitan los dos años que se estipulan en los decretos, al firmar la renovación en noviembre, podria pedir destino? al estar ya en activo el segundo contrato quiero decir
2. Si mi unidad se moviese de localidad (Ya habreis imaginado por mi perfil a qué unidad me refiero) podría pedir destino con preferencia en virtud a estos artículos? o se entendería que me tendría que aguantar al ser un cambio motivado por otros factores?
Muchas gracias por solventar las dudas
según el artículo 17 de los reales decretos 431/2002 y 456/2011 por el que se regulan las condiciones para pedir cambio de destino se dice que:
431/2002 --> (1. Con carácter general, el tiempo mínimo de permanencia en los destinos será de dos años para los asignados con carácter voluntario y de un año para los asignados con carácter forzoso.)
456/2011 -->
(1. Los militares de tropa y marinería durante el compromiso inicial antes de su primera renovación podrán optar, con carácter voluntario, a un destino diferente del asignado en la convocatoria si reúnen las condiciones siguientes:
a) Que su compromiso inicial sea de tres años.
b) Que hayan cumplido al menos dos tercios de su compromiso.
c) Que el puesto al que opten pertenezca a la estructura de la Fuerza de los Ejércitos.
También podrán optar a un destino diferente si se encuentran afectados por disolución, traslado o variación orgánica de su unidad.)
Perfecto, dicho esto, mi duda consiste en dos cosas
1. Se entiende por compromiso inicial el segundo contrato? me explico, yo tengo que renovar ahora en noviembre por ejemplo, pero mi fecha de presentación en la unidad es de mayo, es decir, que esos 5 meses de diferencia, me dan y me quitan los dos años que se estipulan en los decretos, al firmar la renovación en noviembre, podria pedir destino? al estar ya en activo el segundo contrato quiero decir
2. Si mi unidad se moviese de localidad (Ya habreis imaginado por mi perfil a qué unidad me refiero) podría pedir destino con preferencia en virtud a estos artículos? o se entendería que me tendría que aguantar al ser un cambio motivado por otros factores?
Muchas gracias por solventar las dudas