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Sanción económica
Publicado: Mar, 17 Ago 2021, 16:18
por Diiegofcr
Hola buenas tardes, tengo una duda sobre las sanciones económicas, cuanto podría ser el equivalente a 1 día de sanción? Muchas gracias

Re: Sanción económica
Publicado: Mar, 17 Ago 2021, 17:21
por KillaBee
Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
-TÍTULO IV Ejecución de las sanciones -CAPÍTULO I Cumplimiento de las sanciones.
- Artículo 60. Ejecutividad de las sanciones.
2. En la sanción económica, la pérdida de retribuciones se hará efectiva, con cargo al sancionado, por el órgano competente en esta materia en la primera nómina en que sea posible efectuar el descuento. Si la entidad de la pérdida de retribuciones no permitiese llevar a cabo las deducciones en una sola nómina, éstas se detraerán también de las siguientes hasta el cumplimiento total de la sanción.
La sanción económica se calculará tomando el sueldo y el complemento de empleo mensuales que percibiese en nómina el sancionado en el momento de la comisión de la falta, se dividirá por sesenta aquella cantidad y se multiplicará por el número de días de sanción impuestos.