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Tiempo mínimo de permanencia
Publicado: Mar, 05 Oct 2021, 19:30
por Antonio77
Según veo en todas las convocatorias de la GR pone "los solicitantes quedan eximidos de tiempo de mínimo de permanencia en el destino actual"
- Esto que significa, que si por ejemplo entro en mayo en la GR,en octubre podría cambiar de destino de nuevo?
-O no renovar mi contrato a los meses posteriores y salirme?
Re: Tiempo mínimo de permao
Publicado: Mar, 05 Oct 2021, 19:57
por Olmo
Según tengo entendido, se refiere a que si entras por libre designación a la GR, te liberan de tu compromiso en tu unidad de destino previa, no?
A no ser que me esté montando yo la película y yendome a otra cosa diferente de la que decías tú
Re: Tiempo mínimo de permao
Publicado: Mar, 05 Oct 2021, 19:59
por Antonio77
Me refiero a que si cojo la vacante, luego podría pedir otra vacante en la siguiente convocatoria de otra unidad,o si me acabase el contrato 5 meses después por ejemplo y no quisiera renovar,ya que pone en la convocatoria lo que puse en el primer mensaje.
En resumen que según pone en las convocatorias que menciono arriba,si se podrían dar esos dos casos que yo expongo
Re: Tiempo mínimo de permanencia
Publicado: Dom, 24 Oct 2021, 11:42
por chokie
Antonio77 escribió: Mar, 05 Oct 2021, 19:30"los solicitantes quedan eximidos de tiempo de mínimo de permanencia en el destino actual"
Dice que aunque en tu actual destino tengas todavía 1 año (por ejemplo) de permanencia en el destino, ese año se extingue al adjudicarte la vacante en la Guardia Real. Una vez allí, volverás a tener la permanencia de 2 años en el destino (o lo que la convocatoria exija)
Re: Tiempo mínimo de permanencia
Publicado: Dom, 24 Oct 2021, 12:45
por Antonio77
En el caso que se adjudique dicha vacante,son 2 años de permanencia como bien dices,pero si una vez adjudicada esa vacante me cumple el contrato antes de esos 2 años podré salirme aunque me cumpla antes el contrato no?
Re: Tiempo mínimo de permanencia
Publicado: Dom, 24 Oct 2021, 12:50
por Mercuri
Yo entiendo que si, a no ser que haya alguna coletilla en la vacante que diga lo contrario y se amplíe el compromiso, si se te acaba el compromiso dentro de año y medio por mucho que tengas dos años de permanencia en el destino el compromiso debería finalizar si así lo deseas.