Seguridad Social y aseguradoras

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jjlnrm

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Seguridad Social y aseguradoras

Mensaje por jjlnrm »

Hola, buenas! Lo primero decir que si ya hay un tema de esto, por favor, remitídmelo y perdonad. Es por el tema de la elección entre seguridad social y aseguradora privada de salud. Yo he elegido adeslas, pero la mayoría de gente me deja con la duda de si, una vez eliges aseguradora privada, no puedes ir al ambulatorio, especialista o al hospital de urgencia? Es decir, desde que estoy dentro, solo puedo ir por privado y pierdo la seguridad social? O puedo seguir yendo a mi ambulatorio a pedir pruebas, analíticas, etc., sin problema??

Muchas gracias y disculpad las molestias.

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Olmo

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Re: Seguridad Social y aseguradoras

Mensaje por Olmo »

Sigues teniendo acceso a la pública, pero no tiene mucho sentido ir a la publica la mayoría de las veces cuando en la privada no tienes lista de espera
Guardia Civil

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jjlnrm

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Re: Seguridad Social y aseguradoras

Mensaje por jjlnrm »

Olmo escribió: Mié, 17 Nov 2021, 17:16 Sigues teniendo acceso a la pública, pero no tiene mucho sentido ir a la publica la mayoría de las veces cuando en la privada no tienes lista de espera
Claro, claro, es más rápido por privada, eso está claro.  Pero yo tenía el miedo de lo que me decían, que ya no puedo ir al ambulatorio o que de repente no pueda ir a mi hospital de siempre por una urgencia. O que tenga pruebas de antes y que no pueda seguir el seguimiento... entonces me entro la paranoia. Es decir, que mi SS desapareciese por completo.

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Shilara

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Re: Seguridad Social y aseguradoras

Mensaje por Shilara »

El historial que tengas por la SS no lo vas a perder y lo mismo para tema pruebas. Si hubiera cualquier problema, tú puedes acceder a tu historial y llevarlo donde quieras mediante cualquier informe.

En agosto estuve en una charla del ISFAS donde estuvieron comentando este tema, yo te comento lo que les comentaron a los acceso directo que llegaron a la ABA. 

- Una vez te haces de una aseguradora privada, hay hospitales (tanto de urgencia como de consulta general o especialistas) asociados a tu aseguradora y es ahí donde deberías asistir. (Además que suele ser más rápido vaya)

- Para casos de emergencias (atención en domicilio, traslado en ambulancia, helicóptero...) es muy importante que llames al número de emergencias de tu compañía (es decir, NO LLAMAR AL 112). Porque el coste del servicio por el 112 no te lo cubren y tendrías que abonarlo tú, ojito con el precio de esas cosas.

- Si ves a alguien por la calle que le pasa algo y está inconsciente, tú SÍ puedes llamar al 112 para que atiendan a esa persona porque no sabes si pertenece a seguridad privada y no habrá consecuencias.

- Si tú quedas inconsciente hay 2 posibilidades: 
1. Si la persona que llama es un familiar directo tuyo o tu pareja, tiene que hacerlo al número de emergencias de tu seguridad privada para que no se te apliquen los costes, es decir, que estás obligado a comunicar a tus cercanos el hecho de que en caso de emergencia NO llamen al 112 sino a tu compañía.
2. Si la persona que llama es un desconocido, amigo, o no está relacionado contigo cercano, SÍ puede llamar el 112 en caso de que tú estés inconsciente y no habrá cargos económicos por los servicios, pues no está obligado a conocer tu situación ni tú a habérselo comunicado.



Eso es lo que comentaron en la charla en la que estuve, ahora bien, si tienes dudas con este tema, llama a ISFAS y que te expliquen, que para eso están para resolver este tipo de dudas ANTES de que haya que lamentar cualquier sanción o problema.
Agrupación B.A de Zaragoza - EA [2018 - 2019]
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Mercuri

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Re: Seguridad Social y aseguradoras

Mensaje por Mercuri »

A ver, tema complejo, en resumen es que tienes que priorizar los servicios de tu aseguradora ante los de la SS porque esos servicios tienen un coste que la SS va a cobrar a tu seguro y si no esta justificado vas a tener que abonarlo tu, como comentaba la compañera.
Te pongo un ejemplo, te cortas un dedo y tienes que ir a urgencias, lo primero tener en cuenta el tema del teléfono 112 que ha explicado perfectamente la compi, pero en caso de que vayas por tu cuenta al hospital a urgencias deberás ir al del seguro privado, la excepción seria por ejemplo que el publico este a 2 km y el privado a 20km, al tratarse de una urgencia estaría justificado pero te va a tocar liarte a rellenar formularios o telefonazos para justificarlo y evitar que te lo cobren. 

Lo mejor es que te busques medico de familia y especialistas con los que tuvieras algo pendiente y les lleves tus expedientes porque te vas a ahorrar mucho jaleo, y además, va todo mucho más rápido.

Pero como te han dicho, donde mejor te van a resolver esta duda es en tu oficina provincial del ISFAS.
- No respondo dudas por privado, abrir un hilo donde participe más gente te proporcionará una mejor respuesta y permitirá que otros que vengan detrás también se beneficien de ello. -

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