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Volver a presentarse a tropa

Publicado: Mar, 08 Feb 2022, 17:13
por GHalejandro
Buenas tardes familia, si por una crisis personal anteriormente se te expulsó de tropa por un expediente de aptitudes psicofísicas, el famoso 5, puedes volver a presentarte en un nuevo ciclo de tropa y marinería? Un saludo y gracias de antemano 

Re: Volver a presentarse a tropa

Publicado: Mar, 08 Feb 2022, 17:34
por Carx20
Esto es lo que dice el BOE de la convocatoria de 2021:

3.1.i) No haber sido resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de:
a. Insuficiencia de facultades profesionales.
b. Imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación del servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso y separación del servicio, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

3.3.d) No haber finalizado el compromiso en anterior relación con las Fuerzas Armadas, como consecuencia de haber resultado no idóneo en la preceptiva evaluación previa a su renovación desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.
3.3.e) En anterior relación con las Fuerzas Armadas, no tener denegada la suscripción del compromiso de larga duración que establece el artículo 9 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.

Si tu caso no es ninguno de esos, entiendo que te puedes presentar.

Re: Volver a presentarse a tropa

Publicado: Mar, 08 Feb 2022, 17:50
por Carx20
Además, esto es lo que pone dentro del Cuadro Médico de Exclusiones:

5. De conformidad con lo dispuesto en la base 8.6 del anexo I de la presente convocatoria, serán calificados «No Aptos» los aspirantes que en anterior relación con las Fuerzas Armadas, mediante Resolución administrativa, les haya sido resuelto un expediente incoado para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas, con arreglo a las circunstancias concurrentes que se detallan:

a) Con acuerdo adoptado de declaración de la insuficiencia de condiciones psicofísicas en los cinco años anteriores y en el año de la presente convocatoria.
b) Con acuerdo adoptado de la utilidad con limitación para ocupar determinados destinos en los tres años anteriores y en el año de la presente convocatoria.