Juanky88 escribió: ↑Mar, 05 Dic 2023, 21:04Así para que se entienda de forma general (así es como lo entiendo yo), el complemento general de complemento específico sería el de la unidad a la que perteneces, y el complemento singular de complemento específico es el del puesto de trabajo que desarrollas dentro de esa unidad.
A ver, lo he estado mirando más a fondo para responderte:
- Sueldo base: Es el sueldo que te corresponde por la categoría de funcionario (A1,A2,C1,C2)
- Complemento de empleo: Es el sueldo que te corresponde por el nivel de funcionario (14,16,18,19,20...), que corresponde con el empleo (Sdo, Cbo, Cb1....)
- El complemento específico estará constituido por el componente general y el componente singular. El componente general es la parte del complemento específico que se percibe en función del empleo que se tenga, siguiendo un orden jerárquico dentro de cada categoría. El componente singular es la parte del complemento específico que retribuye las especiales condiciones en que la unidad de destino desarrolla su actividad, así como dentro de ella, las particulares condiciones de responsabilidad, reparación técnica, peligrosidad y dedicación del puesto.
- Trienios, que son fijos desde que se adquieren. Es decir que si obtienes un trienio de tipo C2 porque eres soldado temporal y asciendes a suboficial y adquieres otro trienio, tendrás 1 trienio C2 y un trienio A2 para toda la vida. El trienio obtenido del tipo C2 no se actualiza con el ascenso.
Las 4 partes, son tu sueldo.