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Duda sobre la ayuda del Invied para la vivienda

Publicado: Mar, 23 Abr 2024, 22:32
por Elbotas
Hola, buenas noches. Antes de nada, agradeceros que os toméis la molestia de leer el post que ya he visto que hay muchos sobre este mismo tema pero no me han solucionado las dudas de mi caso particular.

Mi situación es la siguiente: me encuentro ahora mismo pendiente de destino dependiendo en Madrid donde tuve mi último destino. Debido a un accidente tuve que pasar por quirófano y la recuperación era mas larga de 6 meses y perdí destino. Todo ese tiempo he estado residiendo en Madrid en casa de unos familiares pero como no me planteaba el alquilar vivienda no me informé de la ayuda y de los requisitos.
Ahora el problema es el siguiente: es muy probable que me concedan una plaza en mi ciudad pero nunca llegué a empadronarme en Madrid, por lo que en el padrón figuro como que ya estuviese viviendo en esa localidad aunque solo vaya de vez en cuando a visitar a mi familia y amigos.
Creo que no podría solicitar la ayuda a la vivienda por no haber cambiado el padrón en su momento. Entonces mi duda es, si me empadronase antes de que salgan las plazas publicadas en mi vivienda podría solicitar la ayuda? O no me la concederían por haberme empadronado de ultima hora?
En los requisitos ni en las preguntas frecuentes indica si hay un tiempo mínimo que hubieses tenido que estar empadronado y lo único que he encontrado por internet que sea un poco mas explícito es lo siguiente: "Para que sea reconocido el derecho a percibir compensación económica, la fecha de alta en el padrón deberá ser posterior a la fecha de efectividad del destino."

Muchas gracias por el tiempo.

Un saludo 

Re: Duda sobre la ayuda del Invied para la vivienda

Publicado: Mié, 24 Abr 2024, 06:36
por chokie
Elbotas escribió: Mar, 23 Abr 2024, 22:32Creo que no podría solicitar la ayuda a la vivienda por no haber cambiado el padrón en su momento.
Efectivamente, sin cambio de padrón no se puede solicitar la ayuda a la vivienda.
Elbotas escribió: Mar, 23 Abr 2024, 22:32"Para que sea reconocido el derecho a percibir compensación económica, la fecha de alta en el padrón deberá ser posterior a la fecha de efectividad del destino."
Empadronate donde estás viviendo ahora para que, llegado el momento, puedas solicitarlo. Pero hazlo cuanto antes para que el cambio de destino sea posterior al empadronamiento. Ya que de no ser así, no te la darán. El cambio de destino es el momento en que sales publicado en BOD no cuando te presentas en la unidad.

Re: Duda sobre la ayuda del Invied para la vivienda

Publicado: Mié, 24 Abr 2024, 08:04
por Mercuri
Si vuelves a tu casa de siempre dónde ya estás empadronado no podrás solicitarla. 
Empadrónate en Madrid, y una vez salgas destinado y te presentes en el nuevo destino, te vuelves a empadronar donde consideres, y aquí ya si puede ser donde has estado siempre.
A mi me solicitaron un certificado de toma de posesión de puesto, a parte del BOD, para corroborar que la fecha de padrón no era anterior a la fecha de destino real.

Re: Duda sobre la ayuda del Invied para la vivienda

Publicado: Mié, 24 Abr 2024, 10:49
por Elbotas
De acuerdo, muchas gracias por la ayuda. Lo haré cuanto antes a ver si me entra en tiempo.

Un saludo