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Excedencia voluntaria

Publicado: Sab, 02 Nov 2024, 12:32
por Jj26
Buenas tardes, estoy un poco perdido y en la OFAP de mi unidad también. Les expongo mi duda/vicisitud tras haber revisado la normativa de excedencias:
Es posible que pueda conseguir una plaza de policía local interino, para lo cual entiendo que necesitaría una excedencia ya que no es plaza fija. Tengo el contrato de larga duración desde el 28/08/2023, y según tengo entendido hay que llevar 2 años desde el acceso a dicho compromiso para solicitar la excedencia por interés particular o en caso de no cumplir los tiempos resarcir al estado económicamente preaviso de 6 meses. Esto me choca con la última modificación que por incorporación al mercado laboral, aceptar una oferta de trabajo o emprender como autónomo se reduce el plazo a 15 días. En que situación me deja esto? Podría mañana aceptar la oferta de interino de policia y pasar a excedencia en 15 días o si o si debo esperar a 2 años de CLD? Gracias por vuestra atención.

Re: Excedencia voluntaria

Publicado: Sab, 02 Nov 2024, 13:02
por chokie
Jj26 escribió: Sab, 02 Nov 2024, 12:32En que situación me deja esto?
Te deja en la misma situación en la que estabas. 6 meses.
Jj26 escribió: Sab, 02 Nov 2024, 12:32Podría mañana aceptar la oferta de interino de policía y pasar a excedencia en 15 días o si o si debo esperar a 2 años de CLD?
Debes esperar a los 2 años. No obstante, si llevas 1 año, el resarcimiento sería del 50%. Y luego hay que ver cual es ese resarcimiento, porque por adquirir el CLD no han realizado una "inversión" en ti. Así que posiblemente no haya ni resarcimiento.

De esto estarán más al día en pagadurías o en orientación. Pregunta en tu OFAP para que te faciliten los teléfonos de esta gente y les puedas preguntar directamente. Sobre todo, cual es la cuantía del resarcimiento, porque puede que te compense.

Re: Excedencia voluntaria

Publicado: Mar, 05 Nov 2024, 21:39
por Guachinche
Puede entonces cualquier persona solicitar una excedencia voluntaria por interés particular sin haber cumplido los 2 años del CLD pagando el tiempo de resarcimiento?? 

Alguien tiene alguna idea de cuánto dinero se debe pagar de resarcimiento por mes o de qué depende?

Re: Excedencia voluntaria

Publicado: Mié, 06 Nov 2024, 05:30
por chokie
RD 1111/2015
Artículo 27. Excedencia voluntaria por interés particular.

1. Los militares de carrera y los militares de tropa y marinería con compromiso de larga duración podrán obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando lo soliciten siempre que no estén designados para participar en operaciones fuera del territorio nacional y no se les esté instruyendo un procedimiento disciplinario, salvo que se encuentren sujetos a servidumbre en cuyo caso deberán reintegrar previamente la compensación económica establecida.

2. Para poder optar a esta situación y en función de los costes y duración de los estudios realizados, será condición haber cumplido los siguientes tiempos de servicios, desde la adquisición de la condición de militar:

b. Dos años para los militares de carrera de  tropa y marinería o militares de tropa y marinería con compromiso de larga duración, desde el acceso a dicho compromiso.


Lo que yo interpreto de eso, es que el resarcimiento lo pagarás, si tienes algo que pagar. Hay que tener en cuenta, de todas formas, que el compromiso lo firmas tú con la administración, no la administración contigo. Y puede que te exijan algo, porque el que incumple el "contrato" eres tú. Igualmente diría que tú te puedes ir cuando quieras, con las consecuencias que ello conlleve. No obstante, te repito. Llama al orientador que te corresponda, que seguramente tendrá más experiencia con casos similares.
Guachinche escribió: Mar, 05 Nov 2024, 21:39Alguien tiene alguna idea de cuánto dinero se debe pagar de resarcimiento por mes o de qué depende?
Pues depende, directamente, del tiempo y dinero que hayan invertido en ti. Por ejemplo, el cambio de especialidad en el ET tiene un resarcimiento de 105€/día. Y es un curso de unos 210 días de duración. Pues así por lo bajo 22.000€, que esto va degenerando anualmente en función de lo que diga la ley para cada caso.