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NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 02:02
por nerviedo
Expongo mi duda, gracias anticipadas¡
Imaginemos el caso de coger plaza, pasar con éxito la instrucción e ir a tu destino, lo que conlleva firmar el permiso de permanencia correspondiente (2 o 3 años).
Se puede abandonar tu unidad libremente, por ejemplo, a los 6 o 7 meses de estar en tu plaza funcionando o tienes alguna penalización administrativa, judicial, militar o algo así de serio??
Es que he llegado a escuchar incluso que si rompes el compromiso firmado tienes que cumplir una pena en una prisión militar.. no se a que nivel de verdad o ficción llegan estos rumores.
Si alguien me lo aclara se lo agradeceré enormemente porque he estado trasteando por la convocatoria y no he encontrado nada claro claro.
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 02:39
por carliferos
no se si sera el post correcto me interesa lo que a preguntado el compañero, pero ya que estoy aprovecho para preguntar que diferencia hay entre firmar 2 años o 3 años (aparte de un año) ¿alguna otra?
gracias y pacienciaa que queda naaaa
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 07:11
por wargo
No se puede romper el compromiso inicial, hay que cumplirlo entero.
Se puede solicitar, y en algún caso extremo se ha concedido, pero lo habitual es denegarlo por sistema.
Diferencia entre 2 o 3 años es que en el segundo caso haces un año mas, únicamente.
Un saludo
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 09:13
por Sanchez
Buenos días, soy opositor al cnp. Mi pregunta es: si aprobara al cnp podría romper el compromiso para entrar al cnp? Y tendria permiso en el cefot o en el destino para ir a hacer los exámenes? Gracias.
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 09:14
por joanab
Todo dependerá del jefe de tu unidad y de lo sincero que seas con él, romper el compromiso inicial tiene que venir motivado por algo razonable, no puedes ir a un teniente coronel y decirle que esque ya no te gusta tu trabajo, no es tan fácil. Si la unidad se te hace pesada hasta llegar algo muy extremo, tienes algún problema familiar grave o algún problema con alguien de tu unidad, lo mejor es ir a hablar con tu jefe por conducto reglamentario, los mandos son personas, no se comen a nadie y si das el paso a hablar ellos te van a escuchar, él va a ser el único que te puede firmar el papelito para rescindir el compromiso sin posteriores consecuencias o mejorarte las condiciones para evitar que no te vayas. En ninguna unidad quieren a holgazanes que porque no les guste su trabajo tiren de la 'ley del mínimo esfuerzo'.
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 09:40
por Victory88
joanab escribió:Todo dependerá del jefe de tu unidad y de lo sincero que seas con él, romper el compromiso inicial tiene que venir motivado por algo razonable, no puedes ir a un teniente coronel y decirle que esque ya no te gusta tu trabajo, no es tan fácil. Si la unidad se te hace pesada hasta llegar algo muy extremo, tienes algún problema familiar grave o algún problema con alguien de tu unidad, lo mejor es ir a hablar con tu jefe por conducto reglamentario, los mandos son personas, no se comen a nadie y si das el paso a hablar ellos te van a escuchar, él va a ser el único que te puede firmar el papelito para rescindir el compromiso sin posteriores consecuencias o mejorarte las condiciones para evitar que no te vayas. En ninguna unidad quieren a holgazanes que porque no les guste su trabajo tiren de la 'ley del mínimo esfuerzo'.
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Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 09:43
por Victory88
Sanchez escribió:Buenos días, soy opositor al cnp. Mi pregunta es: si aprobara al cnp podría romper el compromiso para entrar al cnp? Y tendria permiso en el cefot o en el destino para ir a hacer los exámenes? Gracias.
Compañero pregúntale en tu subdelegación!! Es algo importante comp para quedarte con la duda, sé que si es para presentarte a oposiciones del ejército no te ponen ninguna pega y rompes el compromiso sin problema porque se considera ascender pero cuando son para fuera del ejército no tengo ni idea, creo que te lo pueden denegar con una causa suficientemente justificada pero que no se suele hacer... Esas cosas es mejor que las consultes directamente con los mandos de la delegación y ahorrarte follones en el futuro
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 11:01
por hectormilitar
Victory88 escribió:
Compañero pregúntale en tu subdelegación!! Es algo importante comp para quedarte con la duda, sé que si es para presentarte a oposiciones del ejército no te ponen ninguna pega y rompes el compromiso sin problema porque se considera ascender pero cuando son para fuera del ejército no tengo ni idea, creo que te lo pueden denegar con una causa suficientemente justificada pero que no se suele hacer... Esas cosas es mejor que las consultes directamente con los mandos de la delegación y ahorrarte follones en el futuro
Por supuesto que no tendrías problemas para marcharte al cnp, te está reclamando otro organismo del estado, y en este caso con mejores condiciones laborales, por lo cual tu contrato con las fas dejaría de tener vigencia para poder ingresar en el cnp.
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 11:39
por Vicen172
Igualmente al cumplir 5 años como militar tienes plazas reservadas para cnp que me parece una buena opción, hay mucha gente que lo hace. Un saludo compañeros
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 11:51
por Victory88
http://www.derecho-militar.es/descargas ... Y%20MT.pdf
En la página 21 sale las causas por las que puedes incumplir el compromiso los 3 primeros años y pone por acceso a los centros de formación de la GC yCnp así que no tendrás problema! RESOLUCIÓN DEL COMPROMISO
Procedimiento administrativo por el que se da fin a la relación entre las FAS y el militar temporal en aplicación de alguna de las causas definidas en el artículo 118.1 de la Ley 39/2007, de la Carrera Militar, o del artículo 10.2. de la Ley 8/2006, de Tropa y Marinería.
10.1. RESOLUCIÓN DEL COMPROMISO INICIAL DURANTE LOS PRIMEROS TRES (3) AÑOS
El artículo 118.1 de la Ley 39/2007 establece las causas por las que un militar con una relación de servicios de carácter temporal resolverá el compromiso durante los tres primeros años del compromiso inicial:
a) A petición expresa del interesado por circunstancias extraordinarias sobrevenidas.
b) Por adquisición de la condición de militar de carrera o de complemento.
c) Por el ingreso en un Centro de formación de la Guardia Civil o de la Policía
Nacional.
d) Por el ingreso en cuerpos y escalas de funcionarios o adquisición de la
condición de personal laboral fijo de las Administraciones y Organismos
públicos.
e) Por la pérdida de la nacionalidad española.
Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 12:13
por Sanchez
Ya lo tengo mas claro. Muchas gracias compañeros

Re: NO CUMPLIR EL COMPROMISO
Publicado: Mar, 19 May 2015, 12:34
por Mr. Norman
Duda resuelta, cierro tema.