spalco escribió:Buenas a todos, soy nuevo en el foro, veréis hace 2 años más o menos me presente para hacer las pruebas para entrar como tropa y marineria, pero al mirar los estudios me dijeron que no, tengo la prueba de acceso a grado medio aprobada, y e visitado varias webs y pone que si que vale, alguien sabe algo de este tema? Porque un año antes si que me pude presentar, gracias
chokie escribió:La prueba de acceso a Grado Medio,
no es equivalente a efecto académico (que es lo que piden) al Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Aquí tienes lo que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte considera equivalente
http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/a ... rales.html
La Resolución 452/38006/2015, de 21 de enero, de la Subsecretaría, por la que se aprueba el proceso de selección para el ingreso en los centros de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería(En adelante, LA CONVOCATORIA), en el artículo 3 de su anexo I -bases de la convocatoria-, apartado 3.a), exige como Condición específica común para solicitantes nacionales y extranjeros
estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes
Por tanto, nada exige y nada pone que que deban ser a efectos académicos y no profesionales como deja caer el sr. chokie en el mensaje anterior.
Si atendemos a la lógica de la diferenciación, vemos como las equivalencias a efectos académicos serán exigibles en un ámbito académico para realizar estudios superiores, y a efectos profesionales de cara al acceso a una profesión.
En este aspecto, la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo , por la que se modifica la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (disponible en:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-4628)
Establece la modificación del artículo 3 de la Orden EDU/1603/2009, con el título
Equivalencia a efectos profesionales con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, lo siguiente:
"1. La superación de la prueba de acceso a [...]la formación profesional de grado medio o superior [...]será equivalente al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria,
a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
a) Haber superado todas las materias de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
b) Haber cursado el ciclo de grado medio y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la mitad de la duración total del ciclo.
c) Haber cursado el ciclo de grado superior y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la tercera parte de la duración total del ciclo formativo.
d) Haber superado al menos 10 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores.
e) Acreditar estudios extranjeros que impliquen una escolaridad equivalente a la requerida en el sistema educativo español para incorporarse al tercer curso de Educación secundaria obligatoria.
f) Haber superado todos los ámbitos del nivel I de la Educación secundaria para personas adultas.
Por tanto, y a modo de resumen, el acceso a grado medio sí es equivalente a la ESO a efectos profesionales y la convocatoria requiere un equivalente (sin concretar si académico o profesional), y por ende, cumple el requisito que se le exige.
Un saludo.