Acceso a Oficiales sin titulación
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frozone
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Acceso a Oficiales sin titulación
Buenas tardes, tenía una duda a ver si alguien me la puede resolver es respecto a Oficiales sin titualción sin tener bachiller ni la EBAU , solo prueba de acceso a grado superior y grado superior si tendría que sacarme algo o como sería el asunto. Gracias de antemano
Emacot [2021 - 2022]
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KillaBee

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Re: Acceso a Oficiales sin titulación
Para poder acceder a la oposición de oficiales sin titulación:
1.3.1. Plazas sin exigencia de titulación universitaria previa:
i. Prueba de acceso a la universidad (PAU), establecida en el artículo 38 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación
por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
ii. Evaluación de Bachillerato para acceso a la Universidad (EvAU), conforme
a lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica
3/2020 de 29 de diciembre.
iii. Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años a la que
hace referencia el artículo 69.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
iv. Alguno de los títulos de técnico superior que se determinan en el
artículo 3, 1.e) del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se
establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las
enseñanzas universitarias oficiales de Grado. A este respecto, según lo
establecido en el artículo 9 del Real Decreto 205/2002 de 22 de febrero,
la obtención del primer empleo militar al incorporarse a las escalas de
suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina será
equivalente al título de técnico superior de formación profesional, siendo
ésta una equivalencia genérica de nivel académico.
v. En el caso de alumnos procedentes de sistemas educativos de otros
países, se presentará original o copia auténtica (electrónica o en papel)
de la credencial de convalidación o acreditación. De acuerdo a lo
establecido en el artículo 4 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, se
admitirán, con carácter condicional, las solicitudes de homologación en
tramitación debidamente documentadas.
Para cuerpos generales e infanteria de marina claro.
1.3.1. Plazas sin exigencia de titulación universitaria previa:
i. Prueba de acceso a la universidad (PAU), establecida en el artículo 38 de
la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, con anterioridad a su modificación
por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
ii. Evaluación de Bachillerato para acceso a la Universidad (EvAU), conforme
a lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica
3/2020 de 29 de diciembre.
iii. Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años a la que
hace referencia el artículo 69.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
iv. Alguno de los títulos de técnico superior que se determinan en el
artículo 3, 1.e) del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se
establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las
enseñanzas universitarias oficiales de Grado. A este respecto, según lo
establecido en el artículo 9 del Real Decreto 205/2002 de 22 de febrero,
la obtención del primer empleo militar al incorporarse a las escalas de
suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina será
equivalente al título de técnico superior de formación profesional, siendo
ésta una equivalencia genérica de nivel académico.
v. En el caso de alumnos procedentes de sistemas educativos de otros
países, se presentará original o copia auténtica (electrónica o en papel)
de la credencial de convalidación o acreditación. De acuerdo a lo
establecido en el artículo 4 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, se
admitirán, con carácter condicional, las solicitudes de homologación en
tramitación debidamente documentadas.
Para cuerpos generales e infanteria de marina claro.
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frozone
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Re: Acceso a Oficiales sin titulación
No me queda claro si es válido o no el superior como prueba de acceso mmKillaBee escribió: Vie, 22 Jul 2022, 19:58iv. Alguno de los títulos de técnico superior que se determinan en el
artículo 3, 1.e) del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se
establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las
enseñanzas universitarias oficiales de Grado. A este respecto, según lo
establecido en el artículo 9 del Real Decreto 205/2002 de 22 de febrero,
la obtención del primer empleo militar al incorporarse a las escalas de
suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina será
equivalente al título de técnico superior de formación profesional, siendo
ésta una equivalencia genérica de nivel académico.
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KillaBee

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Re: Acceso a Oficiales sin titulación
Los títulos de técnico superior que se determinan en el artículo 3, 1.e) del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio.
Busca el artículo y veras que títulos de técnico superior son válidos. No te van a dar todo hecho en esta empresa. Vas a tener que buscarte la vida en los BOE...
Y creo que estás en el ejército del aire ,es muy probable que sea diferente a lo que te he puesto. Mira en la convocatoria de promoción a oficiales del ejercito del aire de este año y verás como puedes acceder. No es muy difícil enterarse.
Busca el artículo y veras que títulos de técnico superior son válidos. No te van a dar todo hecho en esta empresa. Vas a tener que buscarte la vida en los BOE...
Y creo que estás en el ejército del aire ,es muy probable que sea diferente a lo que te he puesto. Mira en la convocatoria de promoción a oficiales del ejercito del aire de este año y verás como puedes acceder. No es muy difícil enterarse.
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