military22 escribió: ↑Mar, 12 Mar 2024, 17:20Cuanto me quedaría para perder destino? diferencia perder destino como contingencia común como profesional?
El destino se pierde cuando el Jefe de la Unidad abre expediente para que pases por el tribunal médico. Como norma general, eso se suele solicitar a partir de los 6 meses. Si bien, esto no es un acto que se realice de oficio, si no que el Jefe de la Unidad debe dictaminar cuando quiere realizar dicho acto. Esto puede pasar a los 2 días de baja, o no pasar nunca incluso aunque superes los 6 meses citados.
En primer lugar, no sé si habrás firmado nada. Porque obviamente no es una baja por contingencia común. (En este punto, yo me pondría en contacto con un abogado, pero ¡YA!. Están falseando, la documentación por la que te han dado de baja. Y si este accidente te dejase secuelas, no tienes ni un parte de lesiones ni nada para luego reclamar a las Fuerzas Armadas los daños y perjuicios y llegado el caso una pensión compensatoria. Insisto, ve a un abogado ¡YA!)
En segundo lugar, no sé si estás interesado o no en perder destino. Pero por lo que cuentas, el Jefe de Unidad no creo que se atreva a abrirte el expediente para que vayas al Tribunal Médico porque va a saltar la liebre y se va a descubrir que algo no se está haciendo bien.
Muchas veces, cuando hablo de intermediar con abogados y similares cito: Hay batallas que merece la pena luchar y otras que no. Esta, indudablemente, es una de esas batallas que merece la pena luchar, sin ninguna duda. Estamos hablando de tu salud y de tu futuro.
Ya nos contarás como te ha ido. Pero que no te tiemble la mano, y lo digo por tercera vez, en llamar a un abogado y que te lleve el caso y te guie en este proceso. Esto es algo demasiado complicado para que te ayudemos desde el foro.
Mucha suerte!