Hola. ¿Alguien tiene claro, por experiencia propia o de casos conocidos, qué ocurre si estás percibiendo una prestación de desempleo en el momento de incorporarte para la formación?
Según el Artículo 134.3 de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar (Artículo 134. Derechos de carácter laboral y de seguridad social de los reservistas voluntarios):
"En el supuesto de que estuvieren percibiendo la prestación o el subsidio por desempleo en el momento de su incorporación para recibir la formación, seguirán percibiendo dicha prestación o subsidio, salvo que, por aplicación de los artículos 215.3 y 219.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, proceda la suspensión del subsidio o de la prestación."
Si alguien me lo pudiese confirmar se lo agradecería.
O, en su caso, cómo se podría obtener conformación por escrito. No sé si tendría que tramitarlo de alguna forma o lanzar la consulta al SEPE, a la TGSS, al ISFAS o a la SDD.
Según el Artículo 134.3 de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar (Artículo 134. Derechos de carácter laboral y de seguridad social de los reservistas voluntarios):
"En el supuesto de que estuvieren percibiendo la prestación o el subsidio por desempleo en el momento de su incorporación para recibir la formación, seguirán percibiendo dicha prestación o subsidio, salvo que, por aplicación de los artículos 215.3 y 219.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, proceda la suspensión del subsidio o de la prestación."
Si alguien me lo pudiese confirmar se lo agradecería.
O, en su caso, cómo se podría obtener conformación por escrito. No sé si tendría que tramitarlo de alguna forma o lanzar la consulta al SEPE, a la TGSS, al ISFAS o a la SDD.






