Titulaciones que son aceptadas para Oficiales/suboficiales

Avatar de Usuario

Topic author
Liebana92

Moderador general
Mensajes: 9227
Registrado: Dom, 01 Feb 2015, 23:05
Medals: 88
Ubicación: San Fernando, Cádiz

Titulaciones que son aceptadas para Oficiales/suboficiales

Mensaje por Liebana92 »

https://www.boe.es/boe/dias/2012/05/28/ ... 2-6996.pdf
- 1er Ciclo 2017 -

• Operación SOPHIA (10 Mayo - 20 Octubre, 2018)
• Operación ATALANTA (1 Febrero - 2 Julio, 2020)

Feb. 2018 - Feb. 2022 , F-83 ⚓️
Abril 2022 - Enero 2024 , Cuartel General Flota ⚔️

Curso CBO XLIX ⚙️⚡️
Abril 2024 - BH A-32

Cruz Laureada de San Fernando Gran Mérito Naval Gran Mérito Aeronáutico Gran cruz de San Hermenegildo Placa de San Hermenegildo Canciller de la comunidad Encomienda de Isabel I Encomienda de San Hermenegildo Encomienda de Moderador Cruz de Carlos III Medalla militar Cruz de guerra Mérito Naval Mérito Aeronáutico Cruz de Isabel I Cruz de Alfonso X Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Medalla DANA Valencia Cruz de Moderador Cruz del Aniversario Estrella del 10º Aniversario Posteador del mes Capitán General

telegram
Avatar de Usuario

Topic author
Liebana92

Moderador general
Mensajes: 9227
Registrado: Dom, 01 Feb 2015, 23:05
Medals: 88
Ubicación: San Fernando, Cádiz

Re: Titulaciones que son aceptadas para Oficiales/suboficial

Mensaje por Liebana92 »

TEXTO
El artículo 43 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, dispone que la enseñanza en las Fuerzas Armadas está integrada en el sistema educativo general y, en consecuencia, se inspira en los principios y se orienta a la consecución de los fines de dicho sistema establecidos en el ordenamiento jurídico, con las adaptaciones debidas a la condición militar.

Por su parte, en los artículos 44 y 45 de la citada Ley 39/2007, de 19 de noviembre, se indica que la formación de los oficiales y suboficiales comprende la militar general y específica completándose, para los que ingresen sin titulación universitaria previa, en el caso de los oficiales, con la correspondiente a un título de grado universitario del sistema educativo general y, para los suboficiales, con la formación técnica correspondiente a un título de formación profesional de grado superior, excepto en el caso del Cuerpo de Músicas Militares, que se completará con la formación militar técnica acreditada en función de los requisitos exigidos para el ingreso.

Por otra parte, los artículos 57 y 58, respectivamente, de la mencionada Ley 39/2007, de 19 de noviembre, establecen que se podrá ingresar en los centros docentes militares de formación, en los cupos de plazas que se determinen, en el caso de los oficiales, con las titulaciones de grado universitario que se establezcan, teniendo en cuenta las exigencias técnicas y profesionales del cuerpo y especialidad fundamental a que se vaya a acceder y en el caso de los suboficiales, con las titulaciones de formación profesional que reglamentariamente se establezcan en función de las exigencias técnicas y profesionales de la escala a la que se vaya a acceder, que siempre se entenderán como nivel académico mínimo exigible.

Los referidos títulos de la antigua ordenación educativa se encuentran especificados en el anexo II del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero. En su punto 2 autoriza al Ministro de Defensa a determinar, conforme se vayan inscribiendo en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, regulado por Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, qué titulaciones universitarias oficiales se exigirán para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceder a las diferentes escalas de oficiales, y en su punto 3, asimismo, a determinar los títulos de técnico superior que sean de interés para las Fuerzas Armadas.

La continua inscripción de nuevas titulaciones universitarias oficiales en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, así como la aprobación de nuevos títulos de técnico superior, provoca una constante variación de su número, por lo que hace necesario determinar anualmente aquellas titulaciones universitarias oficiales y de Técnico Superior a exigir para el ingreso en las Fuerzas Armadas.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Determinación de las titulaciones universitarias oficiales de grado que se exigirán para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las diferentes escalas de oficiales de las Fuerzas Armadas.

Los títulos universitarios oficiales de Grado obtenidos conforme al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, son los que, para cada cuerpo, se indican a continuación:

a) Cuerpos específicos de los Ejércitos.

1.º Cuerpos Generales e Infantería de Marina:

Cuerpo General del Ejército de Tierra y Cuerpo General del Ejército del Aire:

Cualquier título universitario oficial de Grado o Posgrado inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, así como los inscritos en la rama de Ciencias, que vinculados con las matemáticas, la física y la química se relacionan a continuación:

• Graduado en Física.

• Graduado en Matemáticas.

• Graduado en Matemáticas y Estadística.

• Graduado en Química.

Cuerpo General y Cuerpo de Infantería de Marina de la Armada:

Cualquier título universitario oficial de Grado o Posgrado inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, que vinculados con la Ingeniería Industrial, Naval, Aeronáutica y de Telecomunicación, se relacionan a continuación:

Cuadro n.º 1
Título Oficial de Graduado o Graduada en
Arquitectura Naval
Ingeniería Electrónica Industrial y Automática.
Arquitectura Naval e Ingeniería de Sistemas Marinos
Ingeniería Electrónica y Automática.
Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima
Ingeniería Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería Aeroespacial
Ingeniería en Diseño Mecánico.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación
Ingeniería en Electrónica Industrial.
Ingeniería Aeroespacial en Aeronaves
Ingeniería en Electrónica Industrial y Automática.
Ingeniería de procesos Químicos Industriales
Ingeniería en Electrónica y Automática Industrial.
Ingeniería de Sistemas de Comunicaciones
Ingeniería en Química Industrial.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación.
Ingeniería de Sistemas de Telecomunicación, Sonido e Imagen
Ingeniería en Sistemas de Telecomunicaciones.
Ingeniería de Sistemas Electrónicos
Ingeniería Marítima.
Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación
Ingeniería Mecánica.
Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación
Ingeniería Mecatrónica.
Ingeniería de Telecomunicación
Ingeniería Química.
Ingeniería Eléctrica
Ingeniería Química Industrial.
Ingeniería Electromecánica
Ingeniería Técnica de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica de Comunicaciones
Ingeniería Telemática.
Ingeniería Electrónica de Telecomunicación
Tecnologías de Telecomunicación.
Ingeniería Electrónica Industrial.

2.º Cuerpos de Intendencia:

Cualquier título universitario oficial de Grado inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas que vinculado con la economía, la empresa y el derecho, se citan a continuación:

Cuadro n.º 2
Título Oficial de Graduado o Graduada en
Administración de Empresas
Dirección y Creación de Empresas.
Administración de Empresas y Gestión de la innovación
Economía.
Administración y Dirección de Empresas
Economía Financiera y Actuarial.
Administración y Dirección de Empresas ADE
Economía y Finanzas.
Ciencias Económicas
Economía y Negocios Internacionales.
Ciencias Empresariales
Estudios Internacionales de Economía y Empresa/International Business Economics.
Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas
Finanzas.
Comercio
Finanzas y Contabilidad.
Comercio Internacional
Finanzas y Seguros.
Comercio y Marketing
Finanzas, Banca y Seguros.
Contabilidad y Finanzas
Fiscalidad y Administración Pública.
Derecho
Gestión de Negocios.
Derecho / Bachelor and Laws
Gestión de Pequeñas y Medianas Empresas.
Dirección de Empresas
Gestión Económico-Financiera.
Dirección de Empresas BBA
Gestión y Marketing Empresarial.
Dirección de Empresas Tecnológicas
Liderazgo Emprendedor e Innovación.
Dirección Financiera y Contabilidad
Marketing y Gestión Comercial.
Dirección y Administración de Empresas
Negocios y Marketing Internacionales.
b) Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas:

1.º Cuerpo Jurídico Militar:

Cualquier título universitario oficial de Grado inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas que vinculado con el derecho, se citan a continuación:

• Graduado en Derecho.

• Graduado en Derecho / Bachelor and Laws.

• Graduado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.

2.º Cuerpo Militar de Intervención:

Cualquier título universitario oficial de Grado inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, en la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas, que vinculado con la economía, la empresa y el derecho se citan en el cuadro n.º 2 del apartado a) 2.º de este artículo.

3.º Cuerpo Militar de Sanidad:

Especialidad Fundamental de:

• Medicina: Graduado en Medicina.

• Farmacia: Graduado en Farmacia.

• Veterinaria: Graduado en Veterinaria.

• Odontología: Graduado en Odontología.

• Psicología: Graduado en Psicología.

• Enfermería: Graduado en Enfermería.

4.º Cuerpo de Músicas Militares:

Especialidad Fundamental de Dirección: Título Superior de Música en alguna de las siguientes especialidades: Dirección de Orquesta, Dirección de Coro o Composición o Título de Graduado en Música en Dirección o Composición.

Especialidad Fundamental de Instrumentista: Título Superior de Música en cualquiera de las de las siguientes especialidades: Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta Travesera, Oboe, Percusión, Saxofón, Trompa, Trompeta, Trombón, Tuba, Violonchelo o Título de Graduado en Música en Interpretación con alguno de los instrumentos anteriormente mencionados.

Artículo 2. Determinación de los títulos de Técnico Superior que son de interés para las Fuerzas Armadas.

1. Los Títulos de Técnico Superior especificados por Ejércitos y Especialidad Fundamental son los siguientes:

a) Ejército de Tierra.

Especialidad fundamental
Familia profesional
Título de Técnico Superior
Infantería Ligera.
Seguridad y Medioambiente.
Electricidad y Electrónica.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Administración y Gestión.
Instalación y Mantenimiento.
Edificación y Obra Civil.
Informática y Comunicaciones.
Actividades Físicas y Deportivas.
Cualquiera de estas familias.
Infantería Acorazada/Mecanizada.
Caballería.
Artillería de Campaña.
Electricidad y Electrónica.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Instalación y Mantenimiento.
Edificación y Obra Civil.
Informática y Comunicaciones.
Cualquiera de estas familias.
Artillería Antiaérea.
Ingenieros.
Edificación y Obra Civil.
Proyectos de Obra Civil.
Proyectos de Edificación.
Transmisiones.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Helicópteros.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento Aeromecánico.
Electrónica y Telecomunicaciones.
Electricidad y Electrónica.
Mantenimiento Electrónico.
Mantenimiento y Montaje de Equipos.
Instalación y Mantenimiento.
Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
Electricidad.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Informática.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Automoción.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Automoción.
Mantenimiento de Aeronaves.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento Aeromecánico.
Mantenimiento de Armamento y Material.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
b) Armada.

Especialidad fundamental
Familia profesional
Título de Técnico Superior
Administración.
Administración y Gestión.
Administración y Finanzas.
Asistencia a la Dirección.
Alojamiento y Restauración.
Hostelería y Turismo.
Dirección de Cocina.
Armas.
Electricidad y Electrónica.
Automatización y Robótica Industrial.
Mantenimiento Electrónico.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
Comunicaciones y Sistemas
de Información.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red.
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
Energía y Propulsión.
Marítimo pesquera.
Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Automoción.
Mantenimiento Aeromecánico.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos
Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Maniobra y Navegación.
Marítimo pesquera.
Transporte Marítimo y Pesca de Altura.
Sistemas.
Electricidad y Electrónica.
Automatización y Robótica Industrial.
Mantenimiento electrónico.
Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
Instalación y Mantenimiento.
Mecatrónica Industrial.
Infantería de Marina.
Todas las familias contenidas en el apartado 3.A Escalas de Suboficiales del anexo II del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.
Cualquiera de estas familias.
c) Ejército del Aire.

Especialidad fundamental
Familia profesional
Título de Técnico Superior
Protección y Apoyo a la Fuerza.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
Mantenimiento Operativo.
Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
Mantenimiento Aeromecánico.
Control Aéreo y Sistemas de Información y Telecomunicaciones.
Electricidad y Electrónica.
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Informática y Comunicaciones.
Administración de Sistemas Informáticos en Red
Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Multiplataforma.
- 1er Ciclo 2017 -

• Operación SOPHIA (10 Mayo - 20 Octubre, 2018)
• Operación ATALANTA (1 Febrero - 2 Julio, 2020)

Feb. 2018 - Feb. 2022 , F-83 ⚓️
Abril 2022 - Enero 2024 , Cuartel General Flota ⚔️

Curso CBO XLIX ⚙️⚡️
Abril 2024 - BH A-32

Cruz Laureada de San Fernando Gran Mérito Naval Gran Mérito Aeronáutico Gran cruz de San Hermenegildo Placa de San Hermenegildo Canciller de la comunidad Encomienda de Isabel I Encomienda de San Hermenegildo Encomienda de Moderador Cruz de Carlos III Medalla militar Cruz de guerra Mérito Naval Mérito Aeronáutico Cruz de Isabel I Cruz de Alfonso X Cruz de San Hermenegildo Medalla Balmis Medalla DANA Valencia Cruz de Moderador Cruz del Aniversario Estrella del 10º Aniversario Posteador del mes Capitán General

Avatar de Usuario

gurka5120

Desconocido

Re: Titulaciones que son aceptadas para Oficiales/suboficial

Mensaje por gurka5120 »

Liébana al parecer hemos creado un post muy similar. Yo lo coloque en Escala de Oficiales sin conocer el tuyo.

Un saludo

Avatar de Usuario

Seventeen17

Desconocido

Re: Titulaciones que son aceptadas para Oficiales/suboficial

Mensaje por Seventeen17 »

Buen aporte, digo lo mismo que en el post que está en Oficiales, debería cerrarse para su consulta ;)

Cerrado

Volver a “2015 (Año I)”

  • El objetivo del chat es el de conversar con otros usuarios, para plantear dudas aunque las consideres poco importantes, debes usar los foros.
      Tip:
      Evita usar el chat para preguntar dudas, para que tu duda sirva para otros usuarios y no se pierda en el tiempo. Utiliza los foros para preguntar tus dudas.
      You are disconnected.