Antonio77 escribió: Dom, 12 Sep 2021, 11:56¿Se pueden pedir asuntos propios en maniobras no?
Sí, claro que se pueden pedir. La única limitación que hay para no concederte los asuntos propios son las necesidades del servicio. Siempre motivadas, justificadas por escrito e individualizadas.
No sé cual es el
leitmotiv que te lleva a pedir ap en maniobras, si es porque tienes algo importante en medio o solo es que no quieres ir de maniobras
Pero ten en cuenta que las pocas relaciones que tengas con tu mando se van a cortar de raíz.
Antonio77 escribió: Dom, 12 Sep 2021, 11:56-En el caso que me digan que no, ¿la mejor solución sería que me dé los motivos por escrito?
-O como sería lo mejor
Sí, claro. Siempre hay que justificar por escrito la denegación de los permisos. Aquí ya depende de ti, de como llevar el procedimiento:
El mando lo primero que va a hacer es decirte que no te los concede. Claro, en este momento tus documentos aún no se han tramitado y por tanto no tiene nada que justificar porque si tú no terminas de tramitar los documentos, aquí nadie ha pedido nada y por ende no hay nada que justificar.
Así que el primer paso es solicitar en la oficina de tu compañía (que es el lugar donde tramitas este documento) que te sellen la entrada del documento, y pide una copia del documento. Esto lo que hace es justificar que el documento ha empezado su tramitación y por consecuente es obligatorio que el responsable de una respuesta.
En este momento, tu mando ya no te va a decir de viva voz que te los deniega, en primer lugar porque no es su potestad. Los mandos intermedios, en este caso el Capitán tienen la potestad delegada para aprobar la concesión de permisos, pero es potestad del jefe de la unidad tipo batallón. Por lo que si tu Capitán no da su visto bueno para su concesión, este documento subirá al Teniente Coronel para que le de resolución.
Si te los deniega, te lo devolverá por escrito, con la causa de la negación (Ya veremos si es legal o no, la causa). Y por el contrario, lo más normal es que los conceda porque no suele existir causa justificada.
Ahora bien, repito, vas a cruzar un punto de no retorno. Ten en cuenta que en el momento en que Antonio77 usó legalidad, la usó para todo y con todas sus consecuencias. Seguramente te querrán pillar por cualquier punto. Las represalias son ilegales, pero hay muchas normas que se dejan pasar y están ahí, como faltas de policía por ejemplo.
Ahora te toca a ti valorar hasta que punto estás dispuesto a luchar esos asuntos propios. En cuanto a la concesión, la ley está de tu parte.
PD: La limitación o impedimento de un derecho reconocido (como los permisos) es una falta leve o grave respectivamente tipificada en la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Art. 6.10 (Limitación, Falta leve) Art. 7.11 (Impedimento, Falta grave)