Página 1 de 1
Excedencia
Publicado: Mié, 17 Nov 2021, 17:19
por Estrellagalicia
Muy buenas, estuve 2 años en el ejercito se tierra y ahora llevo 1 año en el ejercito del aire, queria saber cuando es posible pedir una excedencia voluntaria, si es cuando se tiene el contrato de larga duracion(6 años) o el contrato de larga duracion y con dos años minimo (8 años), tmbn el tiempo maximo de dicha excedencia, o puede ser ilimitada ( es decir, hasta los 45 años sin optar a la paga de 600€ logicamente por no cumplir el mi imo de 18 años de servicio), el motivo de mi pregunta es porque estoy interesado en ejercer otro trabajo en mi pueblo pero me gustaria teber algo seguro por si acaso, y que en mi destino no me dan ninguna informacion.
Muchas gracias de antemano y un saludo.
Re: Excedencia
Publicado: Jue, 18 Nov 2021, 06:27
por chokie
Para pedir la excedencia hay que tener suscrito el Compromiso de Larga Duración. El mínimo tiempo de excedencia es 2 años y el máximo es 12 años.
Re: Excedencia
Publicado: Jue, 18 Nov 2021, 19:37
por gallego2015
El tiempo mínimo no serian 6 meses ? Qes cuando se pierde destino. Y cuando llegan los seis meses y decides reincorporarte cuantas tiradas de vacantes podrías estar sin pedir ? Gracias
Re: Excedencia
Publicado: Vie, 19 Nov 2021, 06:44
por chokie
gallego2015 escribió: Jue, 18 Nov 2021, 19:37El tiempo mínimo no serian 6 meses ?
No, el tiempo mínimo son 2 años. La pérdida de destino es una cosa distinta que nada tiene que ver aquí.
gallego2015 escribió: Jue, 18 Nov 2021, 19:37Y cuando llegan los seis meses y decides reincorporarte cuantas tiradas de vacantes podrías estar sin pedir ?
Cuando has perdido destino, tienes 6 meses para elegir destino. Tienes prioridad, pero en ciertas vacantes (la misma en la que estabas, las que estén marcadas a tal efecto en la localidad de tu útlimo destino) A partir de esos 6 meses, la siguiente remesa es de carácter forzoso.