Buenas, no pude presentarme al cefot por motivos familiares en el último ciclo que hubo (2° de 2021) y quería saber si podía presentarme en este primer ciclo. Consultando el boe pone:
3.1.j) No haber causado baja en cualquier fase de la enseñanza de formación militar como consecuencia de:
a. Carencia de las cualidades en relación con los principios constitucionales y las
reglas de comportamiento del militar a los que se refiere el artículo 64.1.d) y f) de la
Ley 39/2007, de 19 de noviembre, acreditada en expediente personal extraordinario,
mediante resolución motivada y previa audiencia del interesado.
b. Imposición de sanción disciplinaria por falta grave de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre.
c. Imposición de sanción disciplinaria de baja en el centro docente militar de
formación por falta grave o separación del servicio o resolución de compromiso por falta
muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre.
Me afectaría? Creo que no pero no estoy seguro.
3.1.j) No haber causado baja en cualquier fase de la enseñanza de formación militar como consecuencia de:
a. Carencia de las cualidades en relación con los principios constitucionales y las
reglas de comportamiento del militar a los que se refiere el artículo 64.1.d) y f) de la
Ley 39/2007, de 19 de noviembre, acreditada en expediente personal extraordinario,
mediante resolución motivada y previa audiencia del interesado.
b. Imposición de sanción disciplinaria por falta grave de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre.
c. Imposición de sanción disciplinaria de baja en el centro docente militar de
formación por falta grave o separación del servicio o resolución de compromiso por falta
muy grave, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre.
Me afectaría? Creo que no pero no estoy seguro.








